Enacom recordó que se prohíbe dar datos o imágenes de menores "cuando se lesione su dignidad"

El ente se expidió sobre "el tratamiento respetuoso y responsable" en las noticias sobre "casos de extravío y abandono del domicilio de niños, niñas y/o adolescentes en medios de comunicación masiva" y recordó que se debe evitar la publicación de datos cuando "se lesione su dignidad o reputación".

El Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) sacó un comunicado luego de la aparición de la nena de 7 años que estaba desaparecida.

Se expidió sobre "el tratamiento respetuoso y responsable" en las noticias sobre "casos de extravío y abandono del domicilio de niños, niñas y/o adolescentes en medios de comunicación masiva" y recordó que se debe evitar la publicación de datos cuando "se lesione su dignidad o reputación".

 


El Enacom recuerda al respecto la plena vigencia de lo dispuesto por el artículo 71 de la Ley Nº 26.522, que establece: "Quienes produzcan, distribuyan, emitan o de cualquier forma obtengan beneficios por la transmisión de programas y/o publicidad velarán por el cumplimiento de lo dispuesto por la ley, sobre protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, así como sus normas complementarias y/o modificatorias".

La ley entiende por interés superior de la niña, niño y adolescente la máxima satisfacción, integral y simultánea de los derechos y garantías reconocidos en ella, y dispone el deber respetar, entre otros, su edad, grado de madurez, capacidad de discernimiento y demás condiciones personales.

 


Asimismo, refiere: "Cuando exista conflicto entre los derechos e intereses de las niñas, niños y adolescentes frente a otros derechos e intereses igualmente legítimos, prevalecerán los primeros".

Por lo tanto "se prohíbe exponer, difundir o divulgar datos, informaciones o imágenes que permitan identificar, directa o indirectamente, a las y los sujetos de la Ley Nº 26.061 a través de cualquier medio de comunicación o publicación en contra de su voluntad y la de sus padres, representantes legales o responsables, cuando se lesionen su dignidad o su reputación, o se constituyan injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada o intimidad familiar".

La reglamentación de la Ley Nº 26.061, aprobada por el Decreto Nº 415/06, establece que los datos e informaciones a que alude co mprenden los de su grupo familiar, su vivienda, su escuela, su apodo o sobrenombre y todo otro que permitiera identificarlo directa o indirectamente.

Pedido que también realizó la fiscalía. Una vez recuperada  la niña se solicitó que no se publiquen más fotos ni el nombre de ella. 

 

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