Se define quiénes califican para los créditos a tasa cero
El Banco Central reglamentó la línea y la AFIP define esta semana el acceso al beneficio para monotributistas y autónomos que se quedaron sin ingreso para facturar a raíz de la pandemia del coronavirus.
A raíz del aislamiento social, preventivo y obligatorio, miles de monotributistas y autónomos se quedaron sin ingreso que facturar. Exceptuadas las categorías A y B alcanzadas por el bono de $10.000, el Banco Central reglamentó el último viernes la nueva línea de crédito de hasta $150.000 a tasa cero y, a partir de esta semana, la AFIP tendrá disponible la consulta online para que los aportantes puedan chequear si califican y a qué monto.
A través de la Comunicación A6993, el Central estableció las condiciones en que se deberá aplicar el beneficio para las personas adheridas al Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes que necesiten acceder a los créditos. Se depositarán en tres cuotas, con un período de gracia de seis meses para el pago y en al menos 12 cuotas. Es decir, quienes accedan en mayo, empezarían a pagar en diciembre o enero de 2021. El monto de la financiación no podrá exceder el 25% de la facturación anual del monotributista o autónomo, con un máximo de $150.000.
Requisitos para acceder a los créditos a tasa cero
Será AFIP la que comunique a los monotributistas y autónomos que están en condiciones de acceder al crédito a través de la dirección fiscal electrónica o consultando la página. En este sentido, el organismo aplicará ciertas restricciones que empiezan por el monto facturado entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020 y que debe ubicarse debajo del promedio mensual del ingreso bruto mínimo de la categoría en la que se encuentre registrado.
El beneficiario no puede tener otro empleo en relación de dependencia, ni recibir jubilación o pensión. No alcanza a las categorías A y B habilitadas para el IFE. Tampoco podrán cobrarlo los que realicen el 70% de su facturación a la administración pública.
Créditos a tasa cero: reglas para bancos
El trámite no es automático y se debe presentar la solicitud al banco. Una vez que esto ocurre, la entidad financiera contará con hasta dos días hábiles para acreditar la financiación. El trámite tiene que estar disponible por banca electrónica o homebanking.
La financiación deberá ser acreditada en tres cuotas mensuales, iguales y consecutivas; el límite de crédito disponible en la tarjeta se ampliará por el importe acreditado en cada cuota.
Como el depósito se realizará en la tarjeta de crédito, si el cliente no tiene se le enviará una por correo con un límite de compra al menos igual al monto del crédito. No se podrá cobrar costo de mantenimiento. A partir del momento de la primera acreditación y hasta la total cancelación del crédito, estará vedada la posibilidad de obtener adelantos de efectivo con la tarjeta.
Créditos a tasa cero: impuesto integrado
A cada una de esas cuotas se adicionará el monto equivalente al pago de las sumas totales que debe abonar por los períodos mensuales resultantes en concepto de impuesto integrado y cotizaciones previsionales a cargo de los contribuyentes o de aportes previsionales obligatorios del régimen de trabajadoras y trabajadores autónomos.

