Extinción de dominio: en sentido correcto, con el camino equivocado

La medida es incuestionablemente buena. Sin embargo, el decreto del Gobierno se saltea la discusión de base: la de los tiempos procesales.

Por Gabriel Calisto
@gcalisto

“Ahora, el que las hace, las paga”
, dijo ayer Macri, y la frase fue viralizada por las usinas del oficialismo.

Un juicio demora al menos 10 años. Para que haya sentencia firme, es decir que una cámara revise un fallo de primera instancia y lo avale, pueden llegar a ser 15. Demasiado. De ahí que la idea de impunidad esté instalada. Causas que prescriben, testigos que cambian sus versiones, pruebas que se pierden misteriosamente y otros artilugios suelen abonar la indignación generalizada. Los especialistas lo dicen siempre: “el sistema está diseñado para zafar, y no para condenar”.

Hasta ahí, hacer algo para cambiar la situación es una obligación moral, más allá de los objetivos políticos.

El decreto 62/2019, sin embargo, no busca modificar el sistema. No entra en discusiones sobre el tiempo de los procesos penales, ni la búsqueda de dar certezas a la sociedad ante cada acusación. Lo que hace es quitarles a los acusados –acusados, no condenados- aquello que se supone que lograron por corrupción u otro delito. Lo hará en el fuero civil, y nada asegura que eso tardará menos.

La norma toma partes de los dos proyectos que lograron media sanción en el Congreso, sin llegar nunca a un acuerdo para hacerlo ley. El de Diputados, que no esperaba una condena; y el del Senado, que la exigía antes de avanzar. “Se podrían recuperar como mínimo 300 mil millones de pesos”, aventuró Patricia Bullrich.

Con la creación de una agencia que estudie si el bien cuestionado, fue adquirido después de la supuesta comisión del delito del que se lo acusa, se busca evitar la denuncia de arbitrariedad que sin lugar a dudas será formulada por dirigentes de la oposición, sea contra este o cualquier otro oficialismo.

El texto que se remite al fuero civil es fuertemente cuestionado por especialistas. Primero, por su condición de retroactivo, luego por la dudosa constitucionalidad y por último, por la posible afectación al derecho de propiedad privada. Al ser retroactivo, llevaría a juzgar con un nuevo marco delitos cometidos en el pasado, lo cual es ilegal. Si bien se atañe al fuero civil, el origen de la investigación es el juicio penal –que va en paralelo pero que servirá de disparador de la prueba de la legitimidad de los bienes- hace que muchos objeten su constitucionalidad, ya que el Poder Ejecutivo no puede legislar sobre materia penal. Sólo el Congreso puede. Por último, el Estado podría quitarles sus bienes a acusados que luego no sean condenados en el fuero penal, por lo que lógicamente harán juicios al propio Estado, que al ganar implicarán un alto costo para las arcas públicas.

La intención es incuestionablemente buena. La medida, decididamente mala. ¿Por qué, en tres años de gobierno, no se cambió el proceso judicial para dar mayor celeridad a los juicios? ¿Por qué no se siguió negociando en el Congreso hasta llegar a un acuerdo, a un consenso, que diera legalidad a la medida? ¿Qué pasará cuando se cuestione la norma ante la Justicia?  

Lejos de ser un cambio profundo, es una decisión de corto alcance, cuestionable, que podría traer más problemas que soluciones, y enterrar una herramienta útil, pero que quedaría manchada. Una medida tomada al calor de las encuestas y en el medio de una fuerte crisis económica, en un gobierno que necesita recuperar su contrato social con el electorado.

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