Patricia Bullrich anticipó que la Ley de Imputabilidad que aplicaría condenas a partir de los 14 años "está entrando al Congreso"
La ministra de Seguridad se expresó luego de la detención del joven de 15 años señalado por el crimen del playero en Rosario y adelantó que enviará un proyecto de ley al Congreso para bajar la edad de imputabilidad.
La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich adelantó que envió al Congreso la Ley de Imputabilidad, que baja a los 14 años la edad en la que un menor puede ser condenado por un délito. Lo hizo tras la detención del adolescente de 15 años, acusado de ser el asesino del playero de una estación de servicio en Rosario.
El anuncio lo hizo a través de una publicación en su cuenta de la red social X, luego de conocerse la aprehensión del menor de edad por el delito que conmocionó a la ciudad santafesina.
"Acaba de ser detenido por la Policía de Santa Fe el asesino del playero Bruno Bussanich, de Rosario. Asesinato que destruye toda una familia", expresó la funcionaria.
“Es nuestra obligación que, en casos como estos, se haga justicia. Ya está entrando al Congreso de la Nación la Ley de Imputabilidad, para que nunca más crímenes como estos queden impunes”, añadió la ministra.
El presidente Javier Milei y otros funcionarios del Gobierno apoyaron la decisión de la titular de la cartera de Seguridad. "El que las hace, las paga", respondió el mandatario en la publicación.
Por su parte, el vocero presidencial Manuel Adorni también apoyó la baja en la edad de imputabilidad con otro mensaje en las redes sociales. “Delito de adulto, pena de adulto”, afirmó.
Acaba de ser detenido por la Policía de Santa Fe el asesino del playero Bruno Bussanich, de Rosario. Asesinato que destruye toda una familia. Es nuestra obligación que, en casos como estos, se haga justicia. Ya está entrando al Congreso de la Nación la Ley de Imputabilidad, para… pic.twitter.com/fEZ9El54Cw
— Patricia Bullrich (@PatoBullrich) March 29, 2024La ley vigente que abarca la imputabilidad en menores es la 22.278, sancionada y promulgada el 25 de agosto de 1980, y luego modificada en mayo de 1983.
Allí se establece que “no es punible el menor que no haya cumplido 16 años de edad. Tampoco lo es el que no haya cumplido 18, respecto de delitos de acción privada o reprimidos con pena privativa de la libertad que no exceda de dos años, con multa o con inhabilitación”.

