ENERGÍA

Suba de tarifas: el Gobierno avanzará en la reducción de subsidios en luz y gas

Estableció un “período de transición” que entrará en vigencia en junio y será por seis meses. La Secretaría de Energía podrá aplicar cambios a las boletas de los usuarios.

El Gobierno publicó este martes un decreto en el Boletín Oficial para crear un “Período de Transición” para pasar de un esquema de subsidios generalizados hacia otro de subsidios focalizados en las tarifas de luz y gas. La medida es un camino en dirección al establecimiento de una Canasta Básica Energética (CBE). La Secretaría de Energía tendrá amplias facultades para aplicar cambios en las boletas que pagan los usuarios.

La transición definida en el Decreto 465/2024, firmado por el presidente Javier Milei y el ministro de Economía, Luis Caputo, tendrá lugar entre el 1 de junio y el 30 de noviembre de 2024. Podrá ser prorrogada por única vez, por un plazo de seis meses.

En la argumentación del documento oficial, se expuso que “los regímenes de subsidios generalizados no distinguen entre usuarios residenciales y comerciales, y benefician a quienes no necesitan tal apoyo en perjuicio de los más vulnerables, además de fomentar un consumo ineficiente y de dilapidar los recursos naturales y económicos del Estado Nacional, con emisión monetaria”.

 

Mientras que “en cambio, los subsidios focalizados buscan garantizar el acceso al consumo indispensable sólo a aquellos hogares que realmente lo requieran y lo necesiten, a la par que incentivan un consumo eficiente, en la medida en que el exceso al consumo indispensable se debe pagar a costo pleno, todo lo cual también redunda en eficiencias para el gasto público”.

Ante esto, el Ejecutivo consideró que “resulta conveniente iniciar la transición hacia un esquema de subsidios focalizados, representativos de un modelo basado en la autosuficiencia económica-financiera del sector energético, las exportaciones de gas y petróleo, la libre interacción entre oferta y demanda, y un marco de incentivos a la inversión privada en infraestructura”.

Reducción de subsidios

De esta manera, la Secretaría de Energía avanzará con la reducción de los subsidios para los hogares Nivel 2 (N2, ingresos bajos) y Nivel 3 (N3, ingresos medios), con el fin de “trasladar progresivamente a los usuarios los costos reales de la energía y promover la eficiencia energética, a la vez que se asegure a los usuarios residenciales el acceso al consumo indispensable de energía eléctrica y gas”.

Hasta que entre en vigencia el nuevo régimen, se otorgó a Energía una serie de facultades para “establecer las correcciones y adecuaciones que correspondan al régimen de segmentación establecido por el Decreto N° 332/22, con el objetivo de realizar una transición gradual, ordenada y previsible en el proceso de redeterminación de los subsidios a la energía”.

 

Las facultades de Energía

Según se estableció en el decreto, la Secretaría de Energía podrá “establecer topes a los volúmenes de consumo subsidiados en todas las categorías y segmentos residenciales, tanto para electricidad como para gas”.

También podrá “aplicar a los usuarios de las categorías denominadas Nivel 2 y Nivel 3 del Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE) descuentos sobre el componente Energía que se traslada a las tarifas finales correspondientes a la categoría residencial”.

Además puede “disponer que las cantidades consumidas en exceso a los volúmenes máximos subsidiables sean abonadas a los precios mayoristas de gas natural y energía eléctrica establecidos por la Secretaría de Energía o resultantes de la interacción de los agentes del mercado, conforme a los cuadros tarifarios aprobados por las autoridades competentes en cada jurisdicción, con la posibilidad de mantener escalones graduales de bonificación para los volúmenes excedentes en el caso de los usuarios Nivel 2”.

Otra facultad es la “revisión periódica de los volúmenes de consumo máximo a subsidiar, así como los montos o porcentajes de los descuentos sobre el componente Energía, teniendo en cuenta la adquisición progresiva de hábitos de consumo eficiente por parte de los usuarios”.

 

Asimismo, podrá “modificar la denominación y/o el criterio de segmentación de las categorías de usuarios residenciales, incorporados en el RASE, incluyendo la revisión de los indicadores patrimoniales de manifestación de ingresos, así como la posibilidad de su unificación para establecer una única categoría de usuarios residenciales que requieran asistencia para acceder al consumo indispensable de energía”.

Por otra parte, tendrá la potestad de “calibrar las diferentes variables que se requerirán para la implementación del régimen de subsidios focalizados de (CBE) y realizar las pruebas y verificaciones pertinentes en función de la evaluación de los resultados observados durante el Período de Transición”.

En tanto, la Secretaría invitará “a los usuarios residenciales a reempadronarse en el RASE y realizar los cruces de información con otras bases de datos nacionales o provinciales, a fin de actualizar el padrón de beneficiarios y minimizar los errores de inclusión y exclusión”.

Por último, podrá “determinar los mecanismos de compensación de los menores ingresos de las licenciatarias o concesionarias de servicios de distribución por aplicación de las bonificaciones establecidas durante la vigencia del Período de Transición”.

Esta nota habla de: