REGULACIÓN

Cambios para anotarse en el programa de cannabis medicinal: los nuevos requisitos que estableció el Gobierno

El Ministerio de Salud pretende darle una mayor una contemplación a los proyectos de investigación a través del cannabis luego de advertir un “uso indebido y abusivo”. La medida alcanza a pacientes autocultivadores, familiares, terceros autorizados y organizaciones civiles.

El Gobierno nacional estableció un nuevo marco regulatorio para el cannabis medicinal luego de advertir un uso indebido y abusivo” de la normativa vigente. De esta forma, nuevas personas físicas o jurídicas estarán aptas para inscribirse en el Registro del Programa de Cannabis (Reprocann).

La decisión quedó establecida este viernes en el Boletín Oficial a través de la publicación de la Resolución 1780/2025, que derogó la Resolución Ministerial 3132/2024, que establecía fuertes restricciones el acceso al programa de cannabis medicinal.

     

 

En la normativa, se indica que con esta modificación se busca corregir “los efectos adversos del sistema tal como actualmente se encuentra regulado” e impulsar “un reordenamiento del marco normativo relativo a los cultivadores para uso terapéutico”. Asimismo, en la disposición se detalla que “la figura de los proyectos de investigación que, en la práctica, se han constituido en una categoría especial y trascendente”.

En tanto, mediante este decreto se redefinieron los permisos para cultivo y se establecieron cuatro categorías: “pacientes autocultivadores, familiares, terceros autorizados y organizaciones civiles. En esa línea, informaron que los certificados tendrán una vigencia de tres años para el primer grupo y de un año para los restantes.

Además, señalaron que se otorgará un plazo de “seis meses para que quienes ya se encuentren inscriptos y con autorización de cultivo puedan adecuarse a los nuevos requisitos”. 

Tras vencerse el plazo, se dará de baja a quienes no se adecúen, ya que “no cumplirían con los estándares sanitarios apropiados para una operatoria segura y eficiente”. 

Los nuevos requisitos para anotarse en el programa de cannabis medicinal

En ese sentido, se incorporó la obligación de que los permisos otorgados a terceros cuenten con un Director Médico con especialización o conocimientos comprobables en la temática.

La medida cuenta con una serie de requisitos específicos para que las personas jurídicas que desarrollen proyectos de investigación en el marco de la Ley 27.350, que podrán solicitar su inscripción en el Registro del Programa de Cannabis (Reprocann). 

Esta resolución se sumó a los requisitos impuestos en agosto del año pasado, cuando se dispusieron algunas exigencias para acceder al cannabis medicinal.

Por su parte, uno de los requisitos excluyente que se fijaron para solicitar la inscripción en el Reprocann es contar con "indicación médica para uso de cannabis y sus derivados por parte de un profesional médico que se encontrara registrado en la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud (REFEPS) y contara con una diplomatura o maestría sobre el uso medicinal de la Planta del Cannabis Medicinal".

Por último, antes de la derogación de la Resolución Ministerial 3132/2024, el permiso del Reprocann tenía una validez de tres años y las ONG's debían presentar anualmente un certificado de vigencia emitido por el organismo jurisdiccional correspondiente.

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