Justicia falla a favor de empresas: dice que telecomunicaciones no son servicio público

La Cámara Contencioso Administrativo Federal decretó una medida cautelar en favor de Telecom y suspendió la vigencia de seis artículos del DNU 690/20 que dejaba a las compañías del sector bajo regulación estatal.

La Justicia admitió un recurso de apelación de Telecom Argentina y decretó una medida cautelar en su favor que suspende los artículos 1 al 6 del DNU 690/2020, que declaró servicio público a las telecomunicaciones.

Se trata de la Sala II de la Cámara Contencioso Administrativo Federal, que en fallo dividido admitió un recurso de apelación de Telecom Argentina. La empresa había objetado la declaración de "servicios públicos esenciales y estratégicos en competencia" a la telefonía celular y fija, Internet y la televisión paga, que dejaba a las empresas de esa área bajo la regulación del Estado.

En su resolución, los camaristas sostuvieron que por "las características de la empresa actora, su giro comercial, las prestaciones que brinda y correlativos requerimientos de inversión y consiguiente financiamiento que razonablemente han de ser satisfechos para su organización y desarrollo", no corresponde la regulación estatal.

 

 

También fue aceptada la medida cautelar sobre tres resoluciones reglamentarias del Ente Nacional de Telecomunicaciones (1466/20, 1467/20 y 204/21) que serán inaplicables a la empresa.

La acción de Telecom en primera instancia había tenido suerte adversa. Pero la firma apeló y, ahora, resolvió el tribunal de alzada.

En febrero pasado la Justicia Federal de Córdoba también había resuelto admitir una medida cautelar de una empresa de TV cable local en contra del DNU 690/20.

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