Aguinaldo 2024: cómo se calcula y cuándo se debe pagar
Se acerca la fecha de cobro del Sueldo Anual Complementario para los trabajadores en relación de dependencia. Enteráte de todo lo que hay que saber sobre el aguinaldo.
Los trabajadores en relación de dependencia cobrarán en junio el Sueldo Anual Complementario (SAC), según lo estipulado en la ley laboral. Sin embargo, no todos saben cuánto les corresponde de aguinaldo y cómo deben calcularlo.
Lo primero a saber es que el SAC se cobra en dos cuotas: en junio y diciembre. Cada una de estas sumas corresponde al 50% de la remuneración mensual más alta percibida en los últimos seis meses trabajados.
Las comisiones, horas extras y otras remuneraciones variables forman parte de los sueldos a contabilizar. No obstante, se deben descontar las sumas no remunerativas, como por ejemplo, las gratificaciones otorgadas por única vez, tickets de almuerzo, etc.
Asimismo, el rubro “A cuenta futuros aumentos” debe considerarse para el cálculo del SAC, ya que integra la remuneración mensual percibida. Lo mismo ocurre con el valor correspondiente a la cesión de uso de un celular o vehículo de la empresa para sus usos particulares.
Por otro lado, si el trabajador en cuestión tuvo a lo largo del semestre a contabilizar períodos de servicio remunerado (licencia por maternidad, licencia sin goce de sueldo, incapacidad laboral temporaria, suspensiones por causas económicas, etc), se debe pagar el aguinaldo en forma proporcional al tiempo de servicio remunerado.
¿Cuándo se cobra el aguinaldo 2024?Según lo estipulado en la Ley de Contrato de Trabajo, el aguinaldo se paga en 2 cuotas anuales. La primera debe ser depositada por el empleador hasta el 30 de junio, la segunda se abonará hasta el 18 de diciembre de 2024.
El SAC puede tener tres tratamientos: totalmente gravado; totalmente exento; parte exento y parte gravado. Para determinar cuál le corresponde a un trabajador, se debe determinar primero el promedio de la remuneración y/o haber bruto mensual del período fiscal anual para saber si supera o no supera la suma de $974.516.
En caso de superar esta cifra, el aguinaldo está íntegramente gravado por el impuesto a las ganancias. En cambio, si el sueldo bruto percibido no supera los $ 974.516, entonces se está exento hasta dicha suma.

