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La AFIP amplió el plazo para realizar un trámite y pagar menos impuestos

El organismo lo dispuso con una resolución publicada este viernes en el Boletín Oficial. Otorga más tiempo para organizar documentación y presentar declaraciones juradas. Conocé a quiénes alcanza la prórroga.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó por dos semanas el plazo para que las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs) presenten sendas declaraciones juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales sobre acciones o participaciones en otras compañías. Además, el organismo oficializó un régimen de pago adelantado del gravamen con una alícuota menor.
 

Con la resolución general 5539/2024, publicada este viernes en el Boletín Oficial, la AFIP estableció nuevas fechas para la presentación y pago por parte de sociedades como responsables sustitutos del Impuesto sobre los Bienes Personales por el 2023.


Las MiPyMEs podrán presentar sendas declaraciones juradas entre el 26 y el 28 de este mes, según sus respectivos números de CUIT.

Detalles sobre el régimen para acceder a una alícuota menor

En tanto, el régimen de pago adelantado del gravamen incluye una reducción de la alícuota del impuesto para los períodos fiscales 2023, 2024 y 2025.


El formulario a usar con ese objetivo es el aplicativo AFIP "Acciones y Participaciones Societarias. Versión 6.0. Release 0", que se descarga desde el sitio web del organismo.


Por otra parte, quienes ya hayan ingresado y pagado Bienes Personales, podrán "confeccionar y presentar una nueva declaración jurada" usando esta nueva versión del aplicativo para "usufructuar" el beneficio de alícuotas reducidas, indicó la resolución.


"La misma no será considerada declaración jurada rectificativa en menos en los términos del artículo 13 de la Ley Nº 11.683, siempre que obedezca exclusivamente a la reducción de alícuota por haber adherido al beneficio indicado en el párrafo precedente", se aclaró en la disposición.

 

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