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Monotributo: empezó la recategorización tras los cambios por la ley de Alivio Fiscal, ¿hasta cuándo hay tiempo?

La AFIP informó los plazos vigentes para hacer la presentación y para pagar la obligación mensual, ambos extendidos a partir de la entrada en vigencia de la normativa aprobada por el Congreso. Más detalles en la nota

La recategorización semestral del monotributo se podrá realizar desde este lunes y hasta el 29 de julio próximo, mientras que hasta el 27 de julio tiene lugar la extensión para pagar la obligación mensual.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) formalizó la semana pasada a través de la Resolución General 5226/2022 la recategorización semestral del monotributo que se podrá realizar entre este lunes 10 y el 29 de julio próximo y también la extensión hasta el 27 de julio del período para pagar la obligación mensual.

La recategorización consiste en la evaluación de la actividad de los últimos 12 meses para determinar si deben mantener la categoría en la que se encuentran o modificarla

Ley de Alivio Fiscal para monotributistas y autónomos

De acuerdo con lo que informan desde la AFIP, la modificación de los plazos tiene como objetivo garantizar que los monotributistas accedan a los beneficios de la ley de Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes y Autónomos, sancionada por el Congreso y promulgada por el Gobierno, que beneficiará a 4,5 millones de monotributistas y 140.000 autónomos.

Con la nueva normativa se "amplían los límites de facturación máxima por categoría del monotributo. Tienen una orientación progresiva que privilegia a las personas registradas en las categorías más bajas al permitirles poder facturar hasta un 60% más", sostuvo oportunamente la dependencia oficial en una nota de prensa.

Al mismo tiempo, se exime del componente impositivo para 1,7 millón de personas registradas en las categorías A y B que no perciban otro ingreso (por ejemplo, no tener un trabajo en relación de dependencia ni cobrar una jubilación).


También se dispone un " aumento de las deducciones de las y los trabajadores autónomos que pagan el impuesto a las ganancias. La ley incrementó de 2 a 2,5 veces la deducción especial y, de esta forma, permite reducir la carga tributaria y mejorar el poder adquisitivo".

Los contribuyentes de las dos primeras categorías deberán realizar el pago mensual una vez que la exención del componente impositivo impacte sobre sus perfiles, que será a partir de este lunes 11 de julio.

No obstante, durante todo el mes, se mantiene habilitada la posibilidad de abonar la obligación mensual del monotributo para quienes, por distintos motivos, así lo requieran.

En esos casos cuando surja una diferencia entre el monto pagado y el que corresponda tras aplicar las modificaciones surgidas por la ley de alivio fiscal, los pequeños contribuyentes podrán reimputarla para cancelar otros períodos.


A partir del 11 de julio los pequeños contribuyentes de las categorías A y B que no tengan otra fuente de ingresos podrán visualizar su nueva credencial a través de la página web de la AFIP, y en caso de necesitarlo, podrán reimprimir su credencial.

Esto se debe a que como dejarán de pagar el componente impositivo del monotributo el sistema les asignará un nuevo Código Único de Revista (CUR).  Este procedimiento se realiza en monotributo.afip.gob.ar con CUIT y clave fiscal.

En sintonía con la ley, este mes comenzaron a regir los nuevos topes de facturación para monotributistas y autónomos. Así se elevó en un 60,53% el monto tope de las primeras tres categorías del monotributo (A,B y C), en un 44,82% para la D; y en un 29,12% para del resto.


Este beneficio es para los monotributistas "puros", es decir para quienes no tienen otros ingresos ya sea por jubilaciones, relación de dependencia, rentas financieras o alquiler de inmuebles.

La facturación que podrá alcanzar cada categoría del monotributo será $748.382 para la A; $1.112.459 para la B; $1.557.443 para la C; $1.934.273 para la D; $2.277.684,56 para la E; $2.847.105,70 para la F; $3.416.526,83 para la G; $4.229.985,60 para la H; $4.734.330,03 para la I; $5.425.770,00 para la J; y $6.019.594,89 para la K.
 
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