Para la defensa de Espinoza la Corte Suprema "no se metió en el fondo de la cuestión y no analizó los pedidos de sobreseimiento de tres fiscales"
El equipo legal del intendente de La Matanza afirmó que el máximo tribunal sólo hizo una observación procesal y no evaluó la denuncia de Melody Rakauskas.
La defensa del intendente de La Matanza, Fernando Espinoza, emitió un comunicado en el que aseguró que la Corte Suprema de Justicia de la Nación “no se expidió sobre el fondo de la cuestión” en la denuncia presentada por Melody Rakauskas contra el funcionario.
Según el texto, el Supremo Tribunal “consideró no atender el recurso presentado por la defensa de Espinoza porque no se dirige contra una sentencia definitiva, sin hacer ningún otro tipo de consideraciones”. La defensa destacó que se trata de “una opinión meramente procesal” y que el máximo tribunal “eligió no meterse en el fondo de la cuestión”.
El comunicado remarcó que la Corte “no tuvo en cuenta que el Estado argentino desistió en una triple instancia de acusar al intendente de La Matanza por falta de pruebas y por falta de credibilidad de la denunciante avalada por sus antecedentes”.
Además, los abogados del jefe comunal recordaron que tres fiscales distintos solicitaron el sobreseimiento de Espinoza. “En una primera instancia, el fiscal Leonel Gómez Barbella pidió el sobreseimiento. Luego, con extensas consideraciones y habiendo profundizado las investigaciones, la fiscal Mónica Cuñarro volvió a pedir que Espinoza fuera sobreseído. Posteriormente, el fiscal de Cámara, Mauricio Agustín Viera decidió convalidar los pedidos de ambos fiscales y tampoco vio motivos para sostener una acusación”, detalla el comunicado.
La defensa también sostuvo que la fiscalía “ya anticipó que no acusará y que su intervención en el debate será solo a los efectos de los procedimientos”.
Entre las partes no tratadas por la Corte Suprema, el comunicado mencionó las conclusiones de los tres representantes del Ministerio Público Fiscal, quienes afirmaron que “los dichos de la denunciante se encuentran significativamente cuestionados” y que “no existe ningún elemento que los sustente más que sus afirmaciones”.
El texto cita además que “existe un patrón de conducta en la denunciante consistente en relacionarse con hombres, generar simulacros de situaciones a las que disfraza de comprometedoras, grabarlas y luego exigirles algún tipo de beneficio”.
La defensa también señaló que Rakauskas “radicó la denuncia sin instar la acción y a partir de allí intentó iniciar una negociación con el aquí imputado para dejar sin efecto la misma hasta que finalmente, tras un año y medio, decidió instar la acción”.
En otro tramo, el texto indica que “la negativa por parte de la denunciante de aportar sus dispositivos no es otra que la de evitar que la Fiscalía tuviera acceso a archivos que perjudicaran su versión” y que “ha manipulado la prueba de manera tal de evitar elementos que pudieran perjudicarla”. Los abogados remarcaron además que la denunciante “se ha negado sistemáticamente a someterse a un peritaje psicológico o psiquiátrico” y que “estas circunstancias hacen que no pueda depositarse confianza en la veracidad de su relato”.
Por último, el comunicado advierte que “las emociones extremas y contradictorias, sin justificación aparente, redundan sobre la capacidad probatoria de aquel único testimonio y relativizan su capacidad de probar los hechos a los que se refiere”.
La defensa de Espinoza concluyó que la decisión de la Corte Suprema “no representa una evaluación sobre los hechos ni sobre la actuación de los fiscales” y busca “dejar en claro que el Estado argentino desistió tres veces de acusar al intendente”.

