DETALLES

Oficializaron la reglamentaci贸n del Fondo de Asistencia Laboral: c贸mo funcionar谩 el nuevo sistema

El Ejecutivo estableci贸 el nuevo sistema que modifica el pago de las indemnizaciones y obligaciones laborales a trabajadores debidamente registrados en el sector privado.

El Gobierno reglament贸 este lunes el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), el nuevo sistema previsto en la reforma laboral para cubrir el pago de indemnizaciones.

La medida qued贸 establecida esta madrugada mediante el Decreto 408/2026 publicado en el Bolet铆n Oficial. La norma aprueba la reglamentaci贸n del T铆tulo II de la Ley de Modernizaci贸n Laboral, promulgada en marzo de este a帽o.

En el texto oficial, que lleva las firmas del presidente Javier Milei; el jefe de Gabinete, Manuel Adorni; el ministro de Desregulaci贸n y Transformaci贸n del Estado, Federico Sturzenegger; y el ministro de Econom铆a, Luis Caputo, quedaron formalizadas las condiciones para la implementaci贸n de estos fondos, cuyo objetivo principal es contribuir al cumplimiento de las obligaciones vinculadas al pago de indemnizaciones.

El nuevo esquema estar谩 dirigido a empleadores del sector privado y dispone no solo que las relaciones laborales alcanzadas ser谩n aquellas "debidamente registradas", sino tambi茅n que los fondos tendr谩n por objeto "coadyuvar al cumplimiento de las obligaciones y pagos de las indemnizaciones".

A su vez, se establece que los Fondos de Asistencia Laboral "no modificar谩n el r茅gimen indemnizatorio vigente", y que su cobertura estar谩 restringida a trabajadores registrados.

La normativa determina que estos fondos se instrumentar谩n mediante "fondos comunes de inversi贸n" o "fideicomisos financieros" autorizados por la Comisi贸n Nacional de Valores (CNV), con el objetivo de garantizar la "segregaci贸n patrimonial" y la "afectaci贸n espec铆fica de los recursos".

En esa l铆nea, se destaca que cada empleador deber谩 constituir una "cuenta individual del empleador", definida como un patrimonio "separado, independiente, inenajenable, inembargable y de afectaci贸n espec铆fica".

El decreto tambi茅n fija que la cobertura deber谩 garantizar "la plena cobertura de las obligaciones indemnizatorias", incluso ante escenarios adversos del mercado laboral que impliquen un aumento en las desvinculaciones.

En cuanto a c贸mo se implementar谩, la disposici贸n se帽al贸 que la Agencia de Recaudaci贸n y Control Aduanero (ARCA) ser谩 la encargada de la recaudaci贸n y derivaci贸n de las contribuciones, integr谩ndolas al sistema de la seguridad social. Asimismo, se establece que el empleador deber谩 informar un identificador del fondo, denominado "ID FAL", para permitir la correcta asignaci贸n de los aportes.

El texto tambi茅n regula el procedimiento para el pago de indemnizaciones e indica que, una vez presentada la declaraci贸n correspondiente, la entidad administradora deber谩 transferir los montos al trabajador "dentro del plazo m谩ximo de cinco d铆as h谩biles".

Adem谩s, se dispone que las inversiones de estos fondos deber谩n realizarse exclusivamente en "instrumentos financieros emitidos y negociados en la Rep煤blica Argentina".

En la disposici贸n, se contempla la "portabilidad" de los fondos entre distintos veh铆culos de inversi贸n, bajo condiciones que deber谩 establecer la Comisi贸n Nacional de Valores. Adem谩s, incluye beneficios fiscales al establecer la exenci贸n del impuesto sobre los cr茅ditos y d茅bitos bancarios para las cuentas utilizadas por estos fondos, as铆 como el tratamiento espec铆fico en el impuesto a las Ganancias.

Por su parte, se fija que las contribuciones al Fondo de Asistencia Laboral podr谩n ser descontadas de las contribuciones patronales al sistema de seguridad social, conforme a lo previsto en la ley.

Por 煤ltimo, se indic贸 que el r茅gimen entrar谩 en vigor desde "el 1掳 de noviembre de 2026", mientras que los organismos competentes deber谩n dictar las normas complementarias necesarias para su implementaci贸n.

Esta nota habla de: