Casi el 60% de los ciberataques denunciados en CABA durante el último año fueron por "hostigamiento digital": ¿Cómo protegerse?
El dato surgió de un relevamiento oficial. Crónica.com.ar habló con especialistas en ciberseguridad. Además, dialogó con abogados para conocer por qué muchas organizaciones reclaman que pase de ser una contravención a un delito penal.
Por Juan Bernardo Domínguez
@juanbjd
La Unidad Fiscal Especializada en Delitos y Contravenciones Informáticas (UFEDYCI) depende el Ministerio Público Fiscal (MPF) de la Capital Federal. Su objetivo es brindar una respuesta inmediata a los casos que ingresan al ámbito de la Justicia penal de la Ciudad de Buenos Aires, a través de una investigación digital de manera que, en un corto plazo, se pueda llegar al juicio oral y público.
La UFEDYCI efectuó un relevamiento de los casos de ciberataques denunciados en la Capital Federal entre el 1 de enero del 2023 y el 31 de diciembre último.
La dependencia detectó que se reportaron en ese lapso 968 hechos de hostigamiento digital, que son definidos por el MPF de la Ciudad de Buenos Aires como "una forma de acoso o intimidación que puede ocurrir a través de redes sociales, plataformas de mensajería y teléfonos móviles", según se consignó en un informe de la UFEDYCI.
Ese número representó la mayoría de los casos denunciados, casi el 60% de los 1.617 ciberataques que derivaron en un trámite judicial en la Capital Federal durante el 2023.
Además, se denunciaron 443 estafas por suplantación digital de identidad, que "consisten en la creación de un perfil digital falso, por el cual el agresor se hace pasar por la víctima y comete otros delitos en nombre ajeno".
Por último, se investigaron 206 casos de difusión de imágenes y grabaciones no consentidas, donde la víctima pudo haber aprobado su publicación en un espacio privado, pero no su distribución masiva.
Estos tres tipos de cibertaques se encuentran contemplados en los artículos 75, 76 y 78 del Código Contravencional de la Capital Federal, que establece multas de entre 2 y 12 millones de pesos, tres a diez días de trabajo de utilidad pública, o uno a cinco jornadas de arresto para los infractores.
También, prevé agravantes en caso de que las víctimas sean menores de 18 años o que el denunciado tenga o haya contado con una relación de pareja con el damnificado.
¿Por qué el hostigamiento digital representa el mayor porcentaje de los ciberataques?Por su lado, el especialista en ciberseguridad Luis Lubeck explicó en contacto con crónica.com.ar que “se puede considerar que el hostigamiento digital abarca distintas formas y, por eso, representa la mayor cantidad de denuncias en cuanto a la cantidad de ciberataques”.
“Como hostigamiento, podemos encontrar todo lo referido al ciberbullying: un hostigamiento más en una violencia directa o de un grupo hacia a una persona, un hostigamiento digital bajo la figura de un acoso más relacionado al género; y también está dentro de las primeras etapas el hostigamiento que se puede dar como precursor del ‘grooming’, donde un adulto se pone justamente a hostigar a un menor con la finalidad de afectar su integridad sexual, ya sea física o emocionalmente”, puntualizó.
¿Por qué distintas organizaciones piden que el hostigamiento digital sea tipificado como un delito penal?En Argentina, el hostigamiento digital no es delito porque es una figura que aún no está incorporada al Código Penal, pese al encendido reclamo de los últimos años de organizaciones como la Asociación Argentina de Lucha Contra el Cibercrimen (AALCC).
“El acoso o el hostigamiento es una contravención porque está legislado en forma previa a que exista lo digital. Entonces, estaba destinado para hechos en los que, por ejemplo, un hombre perseguía a una mujer, le tocaba el timbre… Ese tipo de casos”, explicó este martes en diálogo con crónica.com.ar el abogado Sebastián Luján, especializado en derecho penal y ciberdelitos.
El letrado agregó: “La idea de tipificarlo como un delito penal viene a partir de que, con todas las nuevas tecnologías y principalmente con las redes sociales, se transformó en un hecho mucho más pesado”.
“Tipificarlo como un delito penal implicaría, principalmente, que pudiera tener una causa penal y una pena de prisión”, finalizó.
A su turno, el abogado penalista Thomas Nitzcaner explicó que “la contravención y el delito son estructuralmente iguales”.
El profesional agregó: “¿Qué significa esto? Que ambas son acciones típicas, antijurídicas y culpables. Es decir, dogmáticamente son iguales. ¿Qué es lo que cambia entre una y la otra? Las contravenciones son conductas disvaliosas mucho más leves que los delitos”.
“Y en ese sentido el artículo 75, inciso 12, de la Constitución Nacional establece que la facultad de dictar Códigos es exclusiva del Congreso Nacional. Pero las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires cuentan con la facultad de dictar Códigos Contravencionales, tipificar conductas disvaliosas menores que los delitos”, especificó Nitzcaner en contacto con crónica.com.ar.
El abogado sostuvo que “la consecuencia de tipificar el hostigamiento digital sería que el legislador federal entendería que se trata de una conducta suficientemente disvaliosa como para ser tipificada como delito y, en consecuencia, todas las personas que cometieran o que realizaran esa conducta en el ámbito territorial de todo el país, serían punibles por ese delito, con una sanción estatal que sería más gravosa que la que puede ser establecida en una contravención”.
También en conversación con este medio, el especialista en ciberseguridad Javier Lombardi en esa línea manifestó: “Todavía en Argentina tenemos un camino por realizar en lo que respecta a la legislación”.
“Están en tratamiento proyectos de ley como el de la Protección de Datos Personales, lo que nos adecuaría a la Unión Europea, al estado (norteamericano) de California y a Brasil”, sostuvo el experto.
¿Cómo protegerse ante un eventual hostigamiento digital?Este medio le preguntó a Lubeck qué medidas pueden tomar los internautas para protegerse de un eventual hostigamiento digital.
“Lo que uno recomienda en estos casos es, por un lado, manejar cuentas de manera privada, no exponer de más información que pueda dar pie a terceros a generar conductas agresivas y, en línea con el bienestar digital, bloquear los mensajes agresivos. Más precisamente, bloquear usuarios con los que vemos que hay interacciones negativas”, respondió el especialista.
El experto completó: “En el caso de los hostigamientos más agresivos o el ‘grooming’, tener en cuenta que la ley está de nuestro lado en estos casos, ya que no sólo hablamos de bloquearlos en las redes sino directamente llegar a las denuncias”.
A su turno, el especialista en ciberseguridad Emiliano Piscitelli recomendó “pensar antes de publicar” en redes sociales y servicios de mensajería instantánea, entre otros medios digitales.
“Quizás, vos publicás algo y sentís esa falsa sensación de seguridad porque únicamente lo van a ver tus amigos, tu pareja o tus familiares, pero después no sabés dónde puede llegar a terminar eso”, ejemplificó.
El especialista precisó que, “muchas veces, sucede por ex parejas que tienen fotos que uno les pasó en un momento de intimidad, privacidad y demás, y termina publicándose”.
“Esto viene más de la mano del ‘sexting’ y demás. Es recomendable no hacerlo, no intercambiarse imágenes íntimas porque pasa que, no únicamente por una pareja, sino que capaz que le roban el celular a esa pareja acceden a esas fotos o videos”, advirtió por último.
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