OFICIAL

El Gobierno redujo impuestos para autos, motos y embarcaciones

Hizo oficial la suspensión del impuesto interno para autos de gama media y alta. También bajó las alícuotas para vehículos y embarcaciones.

El Gobierno nacional suspendió hasta el 30 de junio de 2027 el impuesto interno del 20% sobre automóviles, motocicletas y embarcaciones. Además, redujo otras alícuotas aplicables a la industria.

Mediante el Decreto 50/2025, publicado este viernes en el Boletín Oficial, se dispuso la eliminación temporal del gravamen sobre los bienes comprendidos en los incisos a), b), c), d) y e) del artículo 38 de la Ley de Impuestos Internos (24.674). Se trata de vehículos cuyo precio de compra oscila entre los 41 y los 75 millones de pesos.

 

Además, por encima de ese valor, se estableció una reducción de la alícuota del 35% al 18% para determinados vehículos y del 30% al 15% para otros bienes alcanzados por la normativa.

El Ejecutivo justificó la medida en "el profundo proceso de ordenamiento de las cuentas públicas" y en la necesidad de estimular la baja de los precios en el sector automotor.

Las nuevas alícuotas regirán a partir de este sábado y serán aplicables hasta mediados de 2027, según el texto oficial firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Economía, Luis Caputo.

Eliminan aranceles para la importación de autos eléctricos e híbridos

Por otro lado, el Gobierno bajó a cero los aranceles para la importación de autos eléctricos e híbridos de bajo precio FOB con la intención de que haya opciones de vehículos más económicos.

 

Según se explicó en el Decreto 49/2025, los vehículos automotores alcanzados por esta norma son aquellos que utilicen una tecnología de motorización alternativa a los motores convencionales de combustión interna, entendiendo como tales a los propulsados por un motor eléctrico y alternativamente, o en forma conjunta, por un motor de combustión interna (vehículos híbridos); un motor eléctrico exclusivamente (vehículos eléctricos) o un motor a celda de combustible (vehículos a hidrógeno).

Se estableció un límite máximo anual de 50.000 unidades que efectivamente podrán importarse al amparo de la presente medida.

Esta nota habla de: