CAMBIOS

"Libre opción" de obras sociales para trabajadores: todos los detalles del nuevo decreto

El decreto 955/2024 establece que los pequeños contribuyentes podrán cambiar de obra social una vez al año. Se creó un registro específico de prestadores habilitados.

El gobierno de Javier Milei implementó cambios en el sistema de elección de obra social para los pequeños contribuyentes mediante el Decreto 955/2024, que redefine la normativa de libre elección y crea un "Registro de Agentes del Seguro de Salud" bajo la supervisión de la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS)

La disposición establece un periodo de permanencia de doce meses en la obra social elegida, y permite que los afiliados cambien de prestador cada año, con efectividad desde el primer día del mes siguiente a la solicitud de cambio.

El Registro de Agentes de Salud, incluido en esta normativa, reúne a las entidades habilitadas para brindar servicios de salud a los pequeños contribuyentes que están adheridos al Régimen Simplificado, asegurando que solo puedan optar por los agentes registrados en esta lista.

El decreto también introduce mejoras en la cobertura médica de los afiliados, permitiéndoles acceder a beneficios adicionales de manera progresiva. Tras cumplir seis meses de permanencia, los afiliados al Régimen Simplificado podrán recibir prestaciones del Programa Médico Obligatorio de Emergencia (PMOE) y del Sistema Único de Reintegro por Gestión de Enfermedades (SURGE), entre otros beneficios.

Las modificaciones especificadas en el Decreto 955/2024 también actualizan los Decretos N° 504/1998 y N° 1/2010, estableciendo que el cambio de obra social se efectivice al inicio del mes siguiente a la solicitud, y que los derechos y obligaciones adquiridos previamente por los afiliados se mantengan sin alteraciones. La medida entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.

Punto por punto: detalles del Decreto 955/2024 sobre obras sociales

El Decreto 955/2024 introduce cambios en los Decretos N° 504/1998 y N° 1/2010, modificando la política de elección de obra social para pequeños contribuyentes dentro del Régimen Simplificado (RS). La nueva normativa establece un sistema de libre elección anual y un registro de prestadores autorizados para brindar cobertura. Los aspectos principales de la medida incluyen:

  • Registro de Agentes de Salud: En el ámbito de la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS), se crea un “Registro de Agentes del Seguro de Salud”, donde se inscribirán las entidades que presten servicios a pequeños contribuyentes.
  • Libre elección de obra social: El Decreto 955/2024 modifica la normativa para permitir que los afiliados cambien de obra social una vez al año, con un periodo mínimo de permanencia de doce meses. Los cambios serán efectivos desde el primer día del mes siguiente a la solicitud.
  • Acceso progresivo a la cobertura: Los afiliados que cumplan seis meses en el Régimen Simplificado podrán acceder a prestaciones adicionales mediante el Programa Médico Obligatorio de Emergencia (PMOE) y el Sistema Único de Reintegro por Gestión de Enfermedades (SURGE).
  • Derechos adquiridos: Se mantiene que los derechos y obligaciones de los afiliados previos no se verán alterados.
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