CAMBIOS

El Gobierno flexibilizó las condiciones del blanqueo: las claves de la medida

A través de una resolución publicada en el Boletín Oficial, el Ejecutivo modificó el marco normativo para la regularización de activos.

El Gobierno Nacional flexibilizó algunas normas del blanqueo de capitales para incluir a todas las obras en construcción sin importar el grado de avance. Además, se estableció un régimen especial para el impuesto sobre los Bienes Personales.

A través del Decreto 773/2024, publicado este viernes en el Boletín Oficial, la administración de Javier Milei modificó el marco normativo para la regularización de activos, conocido como blanqueo.

En los últimos 10 días, se abrieron cerca de 23.000 cuentas CERAS, la herramienta clave para la regularización de activos, además de que se estima que entraron alrededor de USD 40 millones por día en función del blanqueo de capitales. 

De acuerdo a la resolución publicada esta mañana, se establecieron tres etapas clave para el blanqueo. Los requisitos incluyen la manifestación de la adhesión al régimen, la realización de un pago adelantado obligatorio, la presentación de una declaración jurada, y el pago de un impuesto especial conocido como "impuesto de regularización".

La normativa también crea un Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP), también destinados para residentes fiscales en Argentina al 31 de diciembre de 2023 y se extiendió a las personas que anteriormente fueron residentes fiscales, aunque ya no lo sean.

El REIBP busca facilitar el pago del Impuesto sobre los Bienes Personales, permitiendo que los contribuyentes que regularicen sus bienes dentro de este esquema se beneficien de un tratamiento fiscal particular.

 

Blanqueo: obras en construcción

El Gobierno modificó el Decreto 608/2024 contemplando expresamente que se pueden regularizar en el blanqueo las obras en construcción, cualquiera sea su grado de avance, y las mejoras, es decir, las erogaciones que no constituyen reparaciones ordinarias que hagan al mero mantenimiento del bien. 

Blanqueo: parientes a cargo y mínimo no imponible 

La reglamentación establecía que la franquicia de u$s100.000 debía proporcionarse cuando el contribuyente que regulariza tenga a su cargo a alguno de los parientes contemplados en la ley que también adhieran al régimen.

Ahora el Gobierno define como “pariente a cargo” a aquellos a los que el contribuyente que regulariza sostiene, total o parcialmente y en la medida en que sus ingresos totales anuales no hayan sido superiores a 451.683,19 pesos en 2023.

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