Alerta jubilados de ANSES: el Gobierno confirmó si pueden cobrar la AUH
La Asignación Universal por Hijo (AUH) es una de las principales prestaciones de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). Por eso, conocé si los jubilados tienen la posibilidad de acceder a ella.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) y el Gobierno confirmaron recientemente si los jubilados pueden cobrar la Asignación Universal por Hijo (AUH). Esto se sumaría a los beneficios a los que puede acceder este sector, y no tiene que ver con su ingreso mensual.
Mientras la ANSES se encuentra acreditando los haberes de mayo 2025 y, de acuerdo a lo que corresponda, deberán ver reflejado un aumento y el bono, también lanza diversos servicios para mejorar la cotidianeidad de sus titulares.
En ese marco, determinados jubilados podrían obtener la prestación, siempre y cuando cumplan con los criterios de acceso actualizados. La medida reconoce otras realidades familiares, ampliando el alcance del programa y brindando un refuerzo económico adicional. Más información en anses.gob.ar.
Las novedades sobre la ANSES, están en Crónica HDEl beneficio requiere que las personas interesadas realicen un trámite específico, presentando documentación personal y realizando una evaluación de las condiciones particulares. Se contemplan ciertos casos, bajo la llamada “Reconversión o cambio de titularidad de asignaciones (Adenda 63)”.
Se trata de “una herramienta que permite el cambio de vínculo cuando la niña, el niño o adolescente no está bajo cuidado de uno o ninguno de sus progenitores/a”, aclara la página web oficial de la ANSES.
Y continúa: “Permite a quien está ejerciendo efectivamente el rol del cuidado (ya sea uno solo de los/as progenitores/as, un familiar o un referente afectivo), registrar esta nueva realidad a fin de acceder a las asignaciones en caso de corresponder”.
Por eso, quienes tienen a su cargo el cuidado de una niña, niño o adolescente y necesitan cambiar la titularidad para el acceso a las asignaciones estipuladas por la Ley 24.714 (Régimen de Asignaciones Familiares), pueden solicitar la modificación del vínculo que figura en la base de datos a través de este trámite.
Adenda 63 de la ANSES: ¿A quién está dirigido el trámite?La solicitud del cambio de titularidad del acceso de las prestaciones monetarias o asignaciones es para niñas, niños y adolescentes de hasta 18 años, o personas con discapacidad sin límite de edad. Puede ser solicitada por las personas adultas a su cargo.
Lo realiza la persona que efectivamente tiene a cargo el cuidado de la niña, niño o adolescente: un solo progenitor/a, pariente, o referente afectivo/a. El trámite se puede hacer, por ejemplo, en estos contextos:
- En caso de separaciones de hecho, separaciones legales y divorcios vinculares.
- Cuando uno de los progenitores/as manifieste desconocer el paradero del otro/a.
- Cuando la niña, el niño o adolescente está al cuidado y conviviendo con un pariente o referente afectivo.
- DNI de la persona adulta solicitante (original y copia).
- Partida de nacimiento de la niña, niño o adolescente (original y copia).
- Documentación que solicitarán los técnicos/as de SENAF, MDS u Órganos de niñez que confeccionan adenda según cada situación particular para acreditar que la persona solicitante se encuentra a cargo y conviviendo con dicho niño/a o adolescente.
Ante la solicitud de Adenda 63, se evalúa la situación familiar a fin de registrar quién efectivamente está ejerciendo las tareas de cuidado para que, en caso de corresponder, pueda acceder al de la AUH o Asignación Familiar. Con esa evaluación se confeccionan tres documentos que conforman la Adenda 63:
- Nota de elevación.
- Declaración Jurada.
- Informe de Reconversión.
1. Si se está a cargo de una niña, un niño o adolescente y se necesita solicitar la Adenda 63, hay que acercarse a los Centros de Referencia del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación o las sedes locales donde se encuentran los equipos técnicos de la SENAF y/o en los organismos provinciales de niñez que tengan firma autorizada.
2. Se puede consultar en la Unidad de Atención Integral (UDAI) de la oficina de la ANSES más cercana al domicilio. Allí se ofrece orientación sobre los puntos de atención para la confección de Adenda 63.
3. Para la confección, los técnicos/as habilitados para tal fin por los organismos intervinientes (MDS, SENAF y/o Organismos de niñez provinciales) van a tomar las entrevistas y solicitar la documentación necesaria para informar la nueva situación del niño, niña o adolescente a cargo.
4. Si se cumplen todos los requisitos, se resolverá el cambio de titularidad de la asignación.
5. Una vez que se tenga completa la Adenda 63, habrá que dirigirse a la oficina de la ANSES más cercana con la documentación y los DNI y partidas de nacimiento correspondientes para que se registre la nueva situación vincular.
6. Cuando quede registrada la nueva situación, se concluye este trámite. Una vez que se tenga el cuidado personal, guarda, tutela o curatela, hay que actualizar esa información presentándose en la ANSES.
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