Empleadas domésticas: con el aumento, cuánto cobran por hora y por mes en marzo
Así quedaron las escalas salariales de las empleadas domésticas, según cada categoría y modalidad de trabajo, con los aumentos de marzo.
El personal de empleo doméstico recibió en lo que va del 2025 un aumento del 2,6%, aplicado sobre los salarios de febrero. Con esta actualización, las nuevas escalas salariales ya están en vigencia y determinan los montos mínimos que los empleadores deben pagar a las empleadas domésticas, según la categoría y el tipo de jornada laboral.
Según lo dispuesto por la Comisión de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP), en febrero entró en vigencia un aumento del 1,2% sobre los ingresos de enero. El esquema de los últimos meses incluyó un 3,2% en septiembre, otro 2,8% para octubre, un 1,3% retroactivo a diciembre y un 1,2% en enero, que se suman de manera acumulativa a la escala salarial de marzo.
Los montos de los sueldos de las empleadas domésticas varían de acuerdo a la categoría y la modalidad de trabajo, y deben complementarse con los aportes obligatorios como jubilaciones, obra social y antigüedad, que deben ser abonados por los empleadores.
Cuánto cobra el personal doméstico en marzo de 2025Con el aumento del 2,6%, los sueldos quedaron establecidos de la siguiente manera:
- Supervisoras con retiro: $3.454 por hora / $428.761,46 por mes.
- Supervisoras sin retiro: $3.783 por hora / $479.950 por mes.
- Personal para tareas específicas con retiro: $3.270 por hora / $400.310 por mes.
- Personal para tareas específicas sin retiro: $3.542 por hora / $445.613 por mes.
- Caseras: $3.089 por hora / $390.567 por mes.
- Asistencia y cuidado de personas con retiro: $3.089 por hora / $390.567 por mes.
- Asistencia y cuidado de personas sin retiro: $3.454 por hora / $435.246 por mes.
- Personal para tareas generales con retiro: $2.863 por hora / $351.233 por mes.
- Personal para tareas generales sin retiro: $3.089 por hora / $390.567 por mes.
Además del salario mensual o por hora, los trabajadores de casas particulares deben recibir los siguientes beneficios:
- Aporte jubilatorio y obra social, que deben ser abonados por el empleador.
- Plus por antigüedad, equivalente al 1% por cada año trabajado, que se suma al salario base.
- Vacaciones pagas y aguinaldo.
- Zona Desfavorable: 30% adicional en La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, y el Partido de Patagones (Buenos Aires).
Además, es obligatorio que los empleadores registren a sus trabajadoras, abonen el salario mínimo correspondiente y cumplan con los pagos en los primeros cinco días hábiles del mes. El incumplimiento de estas obligaciones está penado por ley.

