Conocé tus derechos laborales sobre despidos e indemnizaciones

La pandemia del coronavirus generó una crisis mundial y algunas de las empresas, aprovecharon la situación para reducir su personal. Otras, directamente decidieron cerrar sus puertas y se fueron del país.

La pandemia del coronavirus que azota al mundo, provocó una crisis a lo largo y ancho del planeta, en diferentes ámbitos y es por ese motivo, que no son pocas las empresas que debieron reducir personal o cerrar las sucursales en Argentina. 

Hay casos que fueron de público conocimiento como Lan Argentina S.A. que el 17/06/2020 informó su cierre total de operaciones de cabotaje en la República Argentina desvinculando a 1.700 trabajadores directos.

Lo llamativo de la situación fue los métodos que utilizaron las compañías para anunciar la desvinculación de los trabajadores, teniendo en cuenta las restricciones que hubo, hay y habrá para conseguir un nuevo puesto. 

El Dr Martín Alonso, especialista en derecho laboral y que actualmente asesora a la mayoría de los trabajadores afectados por estas medida, explicó en detalle cómo opera esta simulación, y en especial la viabilidad que acceder a la justicia en forma posterior a fin de reclamar las diferencias salariales e indemnizatorias adeudadas.

 

¿Qué son los planes de retiro voluntario?

Alonso expresó la imprecedencia de los Plantes de Retiros Voluntarios (PVR), en los casos donde previamente se anunció el cierre total de operaciones o de actividades de la empresa.

"En primer lugar, quiero decir, que esta mecánica no es nueva, ya lo hemos atravesado con muchísimas empresas, como es el caso de Merrill Lynch, cuando decidió llevar sus operaciones a Uruguay y desvinculó a todo su personal argentino, también ocurrió con la empresa Vale, la empresa Camargo Correa e incluso más allá en el tiempo con varias AFJP", afirmó a Sol Noticias.

"El punto clave es que este procedimiento es utilizado simplemente para abonar indemnizaciones por debajo de los mínimos legales que establece la LCT (Ley de Contrato de Trabajo) y dar una apariencia de que el trabajador no podrá acceder a la justicia por haber prestado el supuesto consentimiento", aclaró.

¿Acceder a una indemnización según lo que establece la ley es un "Misión imposible"? El especialista manifestó que la Justicia, en la mayoría de los casos, encuentra incompatibilidad entre el cierre de un establecimiento y el mencionado plan, ya que como dice la palabra "de voluntario no tiene nada", ya que al trabajador no se le da ninguna opción de decidir su futuro.

"Desde el momento que la empresa anuncia el cierre, ya se configura un despido de hecho, ingresa en el haber del trabajador todos y cada uno de los derechos que la ley le otorga, por lo cual, cualquier cláusula que firme el trabajador en este contexto en desmedro de sus derechos es nula de nulidad absoluta por el principio de irrenunciabilidad que opera en las relaciones laborales (Art. 12 de la LCT)" , que establece que “Será nula y sin valor toda convención de partes que suprima o reduzca los derechos previstos en esta ley, los estatutos profesionales, las convenciones colectivas o los contratos individuales de trabajo, ya sea al tiempo de su celebración o de su ejecución, o del ejercicio de derechos provenientes de su extinción”, detalló.

Otra cosa que marcó Alonso es la necesidad alimentaria del trabajador. La empresa se aprovecha de la incertidumbre del ex empleado y por eso le da opciones de salida rápida que no lo benefician.

 

El caso de Lan Argentina SA

En Lan Argentina se dio y de la peor manera, no solo por que se abonaron indemnizaciones por debajo de los límites legales, sino por que durante el año 2020 a los trabajadores se les descontó ilegalmente el 50% de los salarios, detalló.

"La empresa emitió un comunicado con fecha 8/07/2020 indicando que se abría un plan de retiro voluntario, que lo iban a abonar siempre y cuando tuvieran cobertura financiera – una forma de decir apurate o te quedas sin nada- y por último completaban el comunicado diciendo que en caso de no adherirse al PRV, se los iba a desvincular en los términos del Art. 247 de la LCT, que en situación de pandemia y doble indemnización equivalía al 25% de una indemnización legal. Esto está en todos los medios privados del país", aclaró.

"Es decir, que en el caso concreto de Lan Argentina s.A. se ejerció cierta violencia moral con el trabajador y por que dicho acuerdos tengan vicios en el consentimiento que generan la nulidad de dicho acuerdo, dando la oportunidad al trabajador a reclamar las diferencias que no le fueron abonadas, tanto salariales como indemnizatorias", añadió.

 

Los reclamos a llevar a cabo para exigir lo que nos corresponde

"Nosotros estamos llevando unos 80 o 90 pleitos o reclamos de nulidad de acuerdo y reclamando las diferencias adeudadas, y cada dia, llaman 2 o 3 trabajadores nuevos, creo que los asiste el derecho y que cada uno no solo tienen el derecho sino que tendría la obligación de reclamar lo que por derecho le corresponde, aunque como siempre, esto está estudiado por la empresa y hay muchos trabajadores que no accionarán y en términos generales, haber diagramado este sistema finalmente le habrá generado ahorrar grandes sumas de dinero", comentó.

 

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