Condena firme a una médica radióloga por la muerte de una paciente por mala praxis
La radióloga fue condenada por homicidio culposo luego de que la Justicia considerara que hubo mala praxis. El caso tuvo como víctima a María Cristina Portillo Martínez.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la condena contra una médica radióloga acusada de mala praxis por la muerte de una paciente de 27 años durante un estudio de rutina realizado en una clínica del barrio porteño de Recoleta.
El caso tuvo como víctima a María Cristina Portillo Martínez, quien falleció en 2018 luego de someterse a un estudio de rutina por una lumbalgia vinculada a una hernia de disco.
La paciente había concurrido a un centro privado acompañada por un amigo para realizarse un bloqueo radicular, una práctica que consiste en aplicar anestesia local y que, en principio, demanda apenas unos minutos.
El procedimiento estuvo a cargo de la médica María José Basaury junto a otro profesional que operaba el tomógrafo.
Según determinó la investigación judicial, una vez finalizado el estudio la paciente sufrió una descompensación cardíaca. Mientras aguardaban la llegada de un servicio de emergencias, se intentó realizar una intubación para reanimarla.
Sin embargo, la Justicia concluyó que la médica colocó el tubo en el esófago y no en la tráquea, lo que impidió una correcta reanimación cardiopulmonar y terminó agravando el cuadro clínico.
La autopsia realizada posteriormente indicó además que la joven padecía una displasia arritmogénica del ventrículo izquierdo, una enfermedad cardíaca previa.
El caso llegó a juicio oral junto con la participación de un cardiólogo que intervino durante la reanimación. El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°22 condenó a Basaury a un año de prisión en suspenso e inhabilitación para ejercer la medicina durante cinco años por el delito de homicidio culposo. En cambio, el cardiólogo fue absuelto.
Posteriormente, la Cámara Nacional de Casación Penal confirmó la sentencia y la defensa de la médica intentó llevar el caso ante la Corte Suprema mediante un recurso de queja.
Finalmente, el máximo tribunal rechazó esa presentación por incumplimientos formales vinculados a los requisitos establecidos en la acordada 4/2007, dejando así firme la condena.

