Leonardo Cositorto, condenado por estafa, sumó dos nuevas denuncias
Complicado. La Corte definió que la justicia de Moreno investigará dos nuevas denuncias de estafa contra Leonardo Cositorto, ya condenado por el caso Generación Zoe en la provincia de Corrientes.
La Justicia de General Rodríguez-Moreno, en la provincia de Buenos Aires, deberá investigar las denuncias de dos mujeres que se radicaron en esos tribunales contra el empresario Leonardo Cositorto, ya condenado por haber armado una estafa piramidal mediante una empresa llamada Generación Zoe.
Así lo resolvió la Corte Suprema de Justicia al resolver un conflicto de competencia entre el Juzgado de Garantías 2 de esa jurisdicción bonaerense y el juzgado de Control y Faltas de Villa María, provincia de Córdoba, que concentró gran parte de las acusaciones de ahorristas cordobeses.
Las operaciones de Generación Zoe llevaron a que se abrieran expedientes en distintas partes del país, por las denuncias de los afectados. Así, Cositorto fue condenado a 11 años de prisión en Salta y a 12 años en Corrientes.
El expediente más voluminoso, en Córdoba, fue elevado a juicio oral. También expedientes abiertos en Santa Fe y la justicia de instrucción porteña, y en el juzgado federal a cargo de Ariel Lijo por el delito de lavado de dinero.
Ahora, ambas mujeres, identificadas como C.I.C. y B.N.E. fueron a tribunales porque contaron que, en la localidad de Francisco Álvarez, partido de Moreno, ambas realizaron inversiones y transfirieron diferentes sumas de dinero a las cuentas de la firma Zoe Emporwerment SA, a fin de ingresar en un fideicomiso y adquirir un "bot inteligente" que les otorgaría dividendos.
Al principio, las operaciones generaron ganancias, pero pasado un tiempo los pagos dejaron de producirse y pese a que el responsable, Cositorto, les habría prometido reprogramarlos en distintas fechas y nunca sucedió.
Inicialmente, el juzgado bonaerense entendió que los hechos denunciados habrían sido cometidos mediante el mismo modo en el que operaria una supuesta asociación ilícita que investigaba la justicia de Villa María, Córdoba, donde también se hallaba imputado Cositorto. Entonces el juzgado se declaró incompetente y remitió la causa allí.
Pero, por su parte, el juzgado de control de Villa María rechazó los argumentos y subrayó que, de acuerdo con el dictamen fiscal, que los hechos denunciados que motivan este conflicto constituirían el delito de estafa y habrían ocurrido en Moreno, provincia de Buenos Aires. Además, destacó que, en otras ciudades, como Goya, provincia de Corrientes, Rosario, provincia de Santa Fe, y en Salta, también tramitaban causas de igual entidad penal seguidas contra Cositorto y por hechos de similares características ocurridos esas jurisdicciones.
Devueltas las actuaciones, el caso fue elevado a la Corte Suprema para dirimir. En sintonía con la opinión de la Procuración General de la Nación, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti dispusieron que el caso se instruyera en la jurisdicción donde se cometieron los hechos denunciados.
“Tiene establecido V.E. que cualquiera que sea el vínculo de conexión final que pueda existir entre hechos que se presentan prima facie como independientes, ellos deben ser investigados por los jueces del lugar en que aparecen cometidos, en tanto la distribución de las competencias entre las provincias, o entre éstas y la Nación, es una materia regida por la Constitución Nacional, que escapa a las regulaciones locales y no puede ser alterada por las razones de mero orden y economía procesal que inspiran las reglas de acumulación por conexidad”, recordó el dictamen de la Procuración.
Y teniendo en cuenta que “no se encuentra cuestionado en autos que los hechos denunciados” por las dos mujeres “han ocurrido en la jurisdicción territorial del juzgado declinante”, se entendió que ese el lugar donde debían investigarse.

