Elecciones 2023: dieron de baja a siete partidos por anotar candidatos fallecidos o repetidos
La medida tomada por el juez Alejo Ramos Padilla afectó a más de 20 listas que incurrieron en distintas irregularidades. Entre las fuerzas que pasaron el filtro de las observaciones están Unión por la Patria, Juntos por el Cambio y la Libertad Avanza.
Luego de detectar distintas irregularidades, el Juzgado Federal en lo Penal y Electoral N°1 de La Plata decidió no aprobar la participación de siete fuerzas políticas que se habían anotado para competir en las elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) del 13 de agosto y aceptó a otras cuatro que también habían sido observadas.
La medida fue dictaminada por Alejo Ramos Padilla, juez federal con competencia electoral, quien no permitió la presentación de más de veinte listas internas cuyos postulantes a senadores y diputados nacionales y parlamentarios del Mercosur no cumplían con los requisitos de la ley 26.571.
En algunos casos, teniendo en cuenta la chance de que las anomalías constituyan además delitos penales, el magistrado ordenó remitir copias a una fiscalía penal.
Por ejemplo, para uno de los casos Ramos Padilla precisó que el Partido Esperanza del Pueblo no tenía enumeración de la ubicación de cada postulante ni distinción entre titulares y suplentes en ninguna de las cuatro listas internas para las categorías de diputados nacionales, senadores nacionales y parlamentarios del Mercosur que dio por llamar "Esperanza", "Somos el Pueblo", "Reencuentro" y "Acceder".
Además, en todas se hallaron irregularidades como precandidatos repetidos en la misma lista, otros que se habían presentado en otras fuerzas políticas o para más de un cargo, es decir, todas circunstancias prohibidas por la norma.
Esas mismas anomalías de cara a las PASO fueron observadas por el Juzgado Electoral en las agrupaciones Encuentro Republicano Federal; Partido Justicia y Dignidad Patriótica; Movimiento de Integración Federal; el Partido Popular; LIBER.AR; y el Partido Lealtad y Dignidad de la Provincia de Buenos Aires.
En los casos de agrupaciones que presentaron actas en las que no se adjuntaba la nómina de precandidatos, el magistrado argumentó en su resolución, según dio a conocer Télam, que "de admitirse esto, se estaría ante la posibilidad de permitir a las juntas electorales transformar la oficialización de listas que manda la ley, en la expedición de una suerte de carta en blanco, que puede ser luego completada con los nombres que se entiendan más convenientes y oportunos, en clara violación del principio de equidad entre todas las agrupaciones que constituye basamento de la legitimidad de la elección".
Una de las irregularidades que más llamó la atención fue que en una de las cuatro listas del Partido Esperanza del Pueblo figuraban tres personas que estaban fallecidas hacía más de una década. Caso similar al Partido Justicia y Dignidad Patriótica, que en su lista "Justicia y dignidad" consignaba una persona fallecida en 2021, lo que constituye un delito de acción pública.
En estas situacines, Ramos Padilla consideró pertinente llevar adelante la investigación penal con la correspondiente intervención de la Fiscalía Federal 1 de La Plata con competencia electoral ante ese Juzgado.
Cuáles pasaron el filtro de las observaciones
Por otro lado, el juez admitió las listas de los partidos Juntos por el Cambio, La Libertad Avanza, Unión por la Patria y Movimiento Izquierda Juventud Dignidad: los primeros tres habían sido observados por el Juzgado sobre los años de residencia en el distrito de la Provincia de algunos de sus precandidatos, quienes pudieron justificar su domicilio en una audiencia realizada el sábado en el Juzgado.
En tanto, el Movimiento Izquierda Juventud Dignidad, que presenta las listas "A" Dignidad y Confederal, debe resolver ante la Justicia requisitos de forma, como la letra de identificación de una de sus listas y la apertura de cuentas bancarias para cada una de ellas, pero ambas fueron admitidas.

