La Corte Suprema fallaría a favor de la Ciudad en la polémica sobre las clases presenciales

La resolución del máximo tribunal se conocería esta semana y respaldaría la autonomía del distrito porteño. Gran expectativa en el gobierno nacional y la administración de Horacio Rodríguez Larreta ante esta decisión de la Corte.

La Corte Suprema de Justicia daría a conocer esta semana su fallo sobre las clases presenciales en la ciudad de Buenos Aires. El máximo tribunal se pronunciaría a favor del gobierno porteño en su decisión de continuar con la presencialidad en las aulas, pese al nuevo DNU presidencial con más restricciones por la pandemia de coronavirus, y respaldaría la autonomía del distrito.

La resolución de los jueces Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Elena Highton de Nolasco es aguardada con expectativa en el gobierno de Alberto Fernández y la administración de Horacio Rodríguez Larreta. Esto se debe a que el fallo fijará criterios a los gobiernos de la Nación y de la Ciudad sobre sus facultades en una pandemia y la necesidad de acortar las decisiones en un momentos de tanta gravedad sin que sean judicializados.

A la espera del fallo, el procurador general interino de la Nación, Eduardo Casal, dictaminó la semana pasada la inconstitucionalidad del DNU que suspendió las clases presenciales en el AMBA entre el 19 y el 30 de abril. En sus argumentos, señaló que el decreto firmado por Alberto Fernández no estaba fundamentado para tomar una medida como la suspensión de las clases que depende de la ciudad de Buenos Aires por la autonomía que tiene sobre la educación como todas las provincias del país.

 

“Considero que los argumentos expuestos en la norma impugnada no alcanzan para fundar un estado de necesidad que permita legitimar la suspensión de la concurrencia a los establecimientos educativos en todos sus niveles”, aseguró Casal en su presentación de 49 páginas. El procurador indicó también que el gobierno nacional tiene las facultades sobre la salud en todo el país y para tomar medidas de emergencia en casos excepcionales, como lo es una pandemia, pero que deben estar fundamentadas, lo que a su criterio en ese caso no ocurrió

Después de resaltar que los DNU tienen que ser ratificados por el Congreso nacional, el dictamen emitido por Casal explicó que no está demostrado epidemiológicamente que la presencialidad en las escuelas afecte a la salud, en línea con la postura del gobierno porteño y lejos del pedido del Ejecutivo para que la Corte Suprema rechace la demanda.

“No ha sido debidamente acreditado que el dictado de clases presenciales haya sido la causa del agravamiento de la situación sanitaria a la que aludió el decreto impugnado, en cuyos considerandos se efectúan afirmaciones genéricas acerca de la necesidad de reducir la circulación de personas y el uso del transporte público, sin precisar adecuadamente la supuesta relación directa e inmediata entre las actividades de educación presencial y el crecimiento exponencial de casos en la región”, afirmó el procurador.

En el final de su escrito, Casal se refirió al “paradigma del federalismo concertado que debe primar en las relaciones interjurisdiccionales, especialmente si se presentan desacuerdos razonables o fricciones que la realidad impone y que no siempre se pueden evitar cuando coexisten dos gobiernos que actúan directamente sobre el mismo pueblo”.

“Estas consideraciones adquieren especial relevancia frente al contexto epidemiológico actual, cuando es público y notorio que, en los últimos días, la situación se ha agravado debido a la propia dinámica y cambiantes características de la situación de la epidemia”, resumió.

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