Llaman a reunión al Consejo que actualizará el salario mínimo, vital y móvil
El Gobierno citó al Consejo del Salario, conformado por sectores gremiales y empresarios. El organismo fue convocado para el 18 de julio.
El Gobierno nacional dispuso llamar a reunión al Consejo Nacional del Salario, con el fin de actualizar los valores del salario mínimo, vital y móvil. La convocatoria fue hecha para el próximo 18 de julio a las 14.30, de manera virtual. El encuentro será encabezado por el subsecretario de Trabajo, Martín Huidobro.
Se espera que en la ocasión se resuelva una suba del valor del salario mínimo, que actualmente está fijado en $234.315,12 para los trabajadores mensualizados y en $1,171,58 por hora para quienes cobran por jornal.
El Consejo funciona en el ámbito de la Secretaría de Trabajo y reúne a representaciones empresariales y sindicales, quienes de manera conjunta con los del Estado definen el monto.
Si no hay acuerdo entre las partes, lauda el Gobierno. Eso fue de hecho lo que sucedió en la última reunión, hace ya tres meses.
El salario mínimo, vital y móvil define el piso mínimo de ingresos que puede cobrar un trabajador en relación de dependencia. También sirve como valor testigo para definir algunas prestaciones sociales como el Potenciar Trabajo o las becas Progresar, así como también los límites para el pago de Ganancias.
De allí la importancia que tiene no sólo para fijar sueldos, sino para el ámbito laboral y social en su conjunto.
La última actualización producida fue en abril, cuando se resolvió un incremento del 9 por ciento de ese mes y otro 6 por ciento posterior que regiría a partir de mayo.
Cómo impacta la inflación en el salario mínimo vital y móvil
Los representantes de los gremios buscarán una suba que logre compensar la inflación de los últimos dos meses: al 4,2% de mayo se agregará una cifra cercana al 5 por ciento en junio. El valor se sabrá con exactitud el viernes 12, cuando el Indec informe el dato oficial de su relevamiento a nivel nacional.
La preocupación sindical está alimentada por el retraso considerable del salario mínimo en lo que va del año: subió un 50,2% frente a una inflación que sólo hasta mayo acumulaba 71,9%. La diferencia implica un deterioro del 12,7% en términos reales.
El salario mínimo también impacta de manera directa en los jubilados que aportaron al menos durante 30 años, sin recurrir a moratorias. Esa franja de beneficiarios tiene derecho a cobrar por lo menos el 82 por ciento del salario mínimo, según lo establece la ley de movilidad.
En tanto, la prestación por desempleo se fijó en el equivalente a un 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del trabajador en los 6 meses anteriores al cese del contrato de trabajo que dio lugar a la situación de desempleo. En ningún caso la prestación mensual podrá ser inferior al 50% del salario mínimo ni superior al 100% de esa referencia.

