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Prepagas: el Gobierno reveló la fórmula para calcular los aumentos en las cuotas y advirtió posibles multas a las empresas

La Secretaría de Comercio publicó el límite para los aumentos en las cuotas de medicina prepaga, pero aún no se define la devolución por lo pagado de más ¿Qué implicaciones tendrá esta medida?

En medio de una creciente ola de reclamos por parte de miles de afiliados a las prepagas debido a las cuotas, el Gobierno ha dado a conocer la fórmula para que las familias puedan calcular el nuevo valor de su cuota. Esta medida se produce en un contexto en el que la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia investiga presuntas prácticas de cartelización en el sector, y se advierte sobre posibles multas para las empresas en caso de incumplimiento.

 

De acuerdo con la información oficial proporcionada por la Secretaría de Comercio, se establece que los valores de las cuotas no pueden exceder el monto correspondiente al plan de salud médico asistencial del mes de diciembre de 2023. A esto se suma la inflación acumulada entre diciembre y el mes actual al momento de la facturación.

De este modo, para determinar el valor máximo de la cuota actual (que puede ser de abril o mayo dependiendo del caso), se aplicará un ajuste máximo del 93,3% para abril (representando la inflación acumulada entre los meses de noviembre a febrero). Para la cuota de mayo, se aplicará un ajuste máximo del 114,6% (es decir, la inflación acumulada entre noviembre y marzo).

La Secretaría de Comercio estableció que los valores de las cuotas no pueden exceder el monto correspondiente al plan de salud médico asistencial del mes de diciembre de 2023.
La Secretaría de Comercio estableció que los valores de las cuotas no pueden exceder el monto correspondiente al plan de salud médico asistencial del mes de diciembre de 2023.

Los datos de inflación provienen de la publicación del Índice de Precios al Consumidor nivel general con cobertura nacional que elabora el Indec. Se tiene que comparar el momento de la facturación correspondiente con el mismo Índice correspondiente a diciembre de 2023.

En la práctica, para llevar a cabo el cálculo, desde la Secretaría de Comercio brindan las siguientes instrucciones: "Si la cuota es de abril, se deberá multiplicar el valor de la cuota de diciembre por 1,933 (si la misma se facturó después del 17 abril). Si la cuota es de mayo, se deberá multiplicar el valor de la cuota de diciembre por 2,146".

Por ejemplo, si un afiliado pagaba $120.000 de cuota en diciembre, para calcular cuánto debería pagar deberá hacer $120.000 x 1,933. El resultado, $231,960, es lo que debería pagar de la cuota de abril.

Esta fórmula estará en vigencia durante los próximos 5 meses, es decir, hasta septiembre.

 

Cómo hacer los reclamos

Según lo comunicado por la Secretaría de Comercio, en caso de que las empresas se rehúsen a limitar el ajuste correspondiente, se dispondrá de un canal específico para presentar reclamaciones. Los usuarios pueden comunicarse al 0800-666-1518, una línea gratuita de la Dirección de Defensa al Consumidor, o enviar un correo electrónico a consultas@consumidor.gob.ar.

Para formular denuncias, se podrán realizar a través del sitio web www.argentina.gob.ar/defensadelconsumidor.

Por otro lado, desde el Ministerio de Economía anticiparon que en caso de comprobarse el incumplimiento por parte de las empresas de medicina prepaga, se aplicará una multa diaria equivalente al 0,1% de la facturación del grupo económico, conforme a lo establecido en la Ley 27.442 (Ley de Defensa de la Competencia).

 

Es importante destacar que esta medida se aplica únicamente a 7 empresas: OSDE, Swiss Medical, Galeno, Omint, Medifé, Hospital Alemán y Hospital Británico. Esta disposición afecta a todos los asociados, tanto individuales como corporativos o derivados.

Esta medida se dirige específicamente a estas compañías de salud debido a que fueron alcanzadas por una medida de tutela anticipada dictada por la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, en respuesta a una denuncia presentada por un grupo de legisladores de la Coalición Cívica.

Para los afiliados de otras empresas que no se encuentran entre estas 7, no se aplica ninguna fórmula. Estos representan el 25% de los asociados.

 

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