Diputados: la oposición presentó un amparo contra el DNU que amplía las facultades de la SIDE
Así lo hicieron los legisladores Maximiliano Ferraro, Mónica Frade y Esteban Paulón. Pidieron que se declare la “inconstitucionalidad” y “nubilidad absoluta” del DNU que modificó la Ley de Inteligencia Nacional.
Los diputados Maximiliano Ferraro, Mónica Frade y Esteban Paulón presentaron una acción de amparo y una medida cautelar para que la Justicia declare la “inconstitucionalidad” y “nulidad absoluta” del DNU 941/2025, que modifica la Ley Nacional de Inteligencia y amplía las facultades de la SIDE, entre ellas detener personas.
En su escrito ante la Justicia, Ferraro, Frade (ambos de la Coalición Cívica) y Paulón (Partido Socialista) argumentaron que la norma es inconstitucional por modificar la Ley de Inteligencia sin justificar razones de urgencia que habilitarían a utilizar la herramienta del DNU y por legislar en materia penal, una facultad prohibida para el presidente Javier Milei.
No sólo eso: también rechazaron la centralización del espionaje en el Poder Ejecutivo, alertando sobre la posible persecución política y la militarización de la seguridad interior, y criticaron la capacidad del personal de inteligencia para realizar aprehensiones, lo cual vulneraría el debido proceso y los derechos humanos.
"No hubo, ni hay necesidad ni urgencia", aseguró Ferraro desde sus redes de sociales. "El Congreso está en condiciones de sesionar y una temática como esta requiere deliberación, equilibrio y control. Eludir este procedimiento debilita la legitimidad democrática de la norma", agregó el diputado de la CC.
Una vez publicada la medida en el Boletín Oficial, los bloques opositores del Congreso reclamaron la conformación urgente de la Comisión Bilateral de Trámite Legislativo, pero desde La Libertad Avanza confían en dilatar el debate, al menos, hasta febrero próximo.
Ley de Inteligencia: las claves de la reforma
La norma otorga mayor poder a la SIDE para concentrar todo el sistema de inteligencia, establece que todas las tareas serán “encubiertas” y habilita a aprehender personas con una orden judicial o cuando están en situación de “flagrancia”.
Uno de los artículos del DNU determinó que “todas las actividades que se realizan en el ámbito de la Inteligencia Nacional revisten carácter encubierto en virtud de su sensibilidad, con el fin de minimizar el Riesgo Estratégico Nacional”. Y otro fijó que “los órganos del Sistema Nacional de Inteligencia proporcionarán su propia seguridad y protección de las instalaciones, bienes, personal, operaciones e información, encontrándose habilitados a repeler y/o hacer cesar las agresiones que los pongan en riesgo".
“En el marco del desarrollo de actividades de inteligencia, auxilio o requerimiento judicial y/o comisión de delitos en flagrancia, el personal de inteligencia podrá proceder a la aprehensión de personas, debiendo dar aviso inmediato a las fuerzas policiales y de seguridad competentes”, agregó.
Según fuentes oficiales, la reforma “moderniza, ordena y legitima el Sistema de Inteligencia Nacional: lo integra al Estado, lo separa de funciones policiales, lo adapta a amenazas contemporáneas y lo somete a mayores controles, con el objetivo de mejorar la capacidad estratégica del Poder Ejecutivo”.

