El Gobierno de Javier Milei enviará al Congreso un paquete de leyes para penar con prisión a los piqueteros
La iniciativa fue anticipada durante esta mañana por el vocero Manuel Adorni. Más tarde, los ministros Patricia Bullrich y Luis Petri dieron más detalles en una conferencia de prensa. Mirá el video.
El vocero presidencial Manuel Adorni anunció esta mañana que el Gobierno de Javier Milei enviará un paquete de leyes al Congreso, que incluye “legítima defensa y atentado a la autoridad, ley de ADN para delitos, ley contra organizaciones criminales, y penas contra organizadores de piquetes y bloqueos”.
Sobre ese último punto, los ministros de Seguridad, Patricia Bullrich, y de Defensa, Luis Petri, confirmaron en conferencia de prensa que buscarán modificar el artículo 194 del Código Penal, que amplía las acciones tipificadas para especificar que la pena para quienes “sin crear una situación de peligro común, impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicación, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas” será de uno a tres años ymedio de prisión.
De acuerdo con el proyecto original, que ahora se buscará reflotar, se aclara además que si el acto se hace “portando un arma propia, impropia, se causare daño a la integridad física de las personas, la pena será de dos a cuatro años de prisión, siempre que no constituyere un delito más severamente penado”.
Además, buscarán crear la figura penal para “quienes dirijan, organicen o coordinen una reunión o manifestación que impidiere, estorbare o entorpeciere la circulación o el transporte público o privado o que causare lesiones a las personas o daños a la propiedad”, los cuales “serán reprimidos con prisión de dos a cinco años, estén o no presentes en la manifestación o acampe”.
La condena aumentará hasta a 6 años si se lleva adelante “mediante intimidación, simulando autoridad pública o falsa orden de la autoridad, bajo promesa de remuneración o bajo amenaza de quita o de asignación de un beneficio, plan, subsidio de cualquier índole, obliguen a otro a asistir, permanecer o alejarse de una movilización o protesta”.
También indicaron que los organizadores “serán solidariamente responsables por los daños que los manifestantes ocasionan a terceros o bienes de dominio público o privado” durante la protesta y que si durante la movilización se corta el tránsito o participan “menores sin la correspondiente compañía” de sus tutores, serán multados por hasta veinte mil unidades fijas, lo que equivale actualmente a 5.802.000 de pesos.
En el artículo 333 del proyecto que tuvo un paso fallido en el Parlamento, remarcaron que “toda reunión o manifestación deberá ser notificada fehacientemente ante el Ministerio de Seguridad de la Nación, con una antelación no menor de 48 horas”, en la que se deberá informar “las características de la manifestación, los datos de la persona humana o jurídica que la organiza, detallando nombres propios y datos personales de sus organizadores, delegados o autoridades, independientemente de que participen o no de la reunión o manifestación.
“Frente al incumplimiento de alguno o algunos de los elementos establecidos en la presente Sección, el Ministerio de Seguridad de la Nación deberá intimar a cualquiera de los organizadores de la reunión o manifestación o a quienes actúen como tales, para que cesen con su incumplimiento y adecuen la reunión o manifestación a las disposiciones de la presente. En caso contrario, serán pasibles de las acciones que correspondan, así como también de las multas establecidas”, especificaron.

