PROTESTA Y REPRESIÓN

La Justicia rechazó anular el protocolo antipiquetes pero ordenó monitorear la marcha del miércoles

Así lo dispuso el juez Martín Cormick en respuesta a un planteo del CELS. Observará “presencialmente” el operativo de las fuerzas de seguridad.

El titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal N°11, Martín Cormick, desestimó un pedido para declarar la inconstitucionalidad del protocolo antipiquetes aunque se comprometió a "observar presencialmente" el operativo que desplegarán las fuerzas de seguridad el miércoles en la nueva marcha de jubilados al Congreso.

La decisión del magistrado responde a una cautelar presentada por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) tras los incidentes que se registraron por la represión policial en la última movilización.

 

Protocolo antipiquetes: la Justicia desestimó un planteo del CELS pero vigilará el operativo del miércoles

El CELS presentó una cautelar en la que se pedía suspender el protocolo y que se ordene al Ministerio de Seguridad que respete y garantice el derecho a la vida, integridad personal, la salud y la libertad de expresión de quienes participen de protestas, transiten por las zonas en donde se lleva a cabo una protesta o desempeñen su labor periodística para brindar cobertura a dichos eventos.

"El Protocolo Antipiquetes vulnera los derechos constitucionales enunciados en los artículos 14, 14 bis, 19, 28, 75 inciso 12 e inciso 22 y los artículos 7.2, 13,15 y 16 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos", argumentó el CELS.

En este punto, el juez Martín Cormick sostuvo que no debía pronunciarse sobre el planteo de inconstitucionalidad porque ello hubiera implicado inmiscuirse en otro poder del Estado. “No es tarea del Poder Judicial de la Nación intervenir en las competencias de los otros poderes del Estado”, recalcó.

Además, evaluó que no podía prosperar la declaración de nulidad del protocolo antipiquetes porque “adoptar tal decisión conduce a abordar la cuestión de fondo y -por lo tanto- no corresponde a título cautelar expedirse acerca de ello”.

 

No obstante, el magistrado consideró necesario adoptar una medida en la próxima manifestación. “El Tribunal no desconoce ni es impasible a los desgraciados hechos de público conocimiento sucedidos el 12 de marzo pasado que no aparecen adecuados a los principios republicanos que consagra la Constitución Nacional y las normas supranacionales que constituyen la ley suprema de nuestro país”, subrayó.

Indicó, en este marco, que “ante la proximidad de la marcha convocada para el miércoles 19/03/25, que genera en los solicitantes la incertidumbre acerca de que los hechos ya acontecidos puedan volver a repetirse” el tribunal “observará presencialmente con suma atención todo lo que allí suceda a efectos de incorporar de oficio toda prueba relativa a cualquier conducta, hecho y/o acto que resulte procedente para resolver” el planteo de inconstitucionalidad del protocolo antipiquetes.

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