SOLICITUD

La Procuración pidió a la Corte quitar la pensión vitalicia de Cristina Kirchner

El procurador Eduardo Casal dictaminó que la restitución provisoria del beneficio ignora la condena firme e inhabilitación por corrupción en la causa Vialidad.

El procurador general de la Nación, Eduardo Casal, dictaminó este martes que la Corte Suprema de Justicia debería revocar el fallo que restituyó de forma cautelar la pensión vitalicia a la ex presidenta Cristina Kirchner

En un escrito de 13 páginas, el jefe del Ministerio Público Fiscal argumentó que la Cámara Federal de la Seguridad Social incurrió en una contradicción jurídica insalvable al devolver la prestación derivada de su condición de viuda del ex mandatario Néstor Kirchner, desconociendo los efectos de una condena penal firme por corrupción.

Contradicción jurídica y conflicto institucional según el dictamen

El dictamen se emitió en el marco del recurso de queja presentado por el Estado nacional luego de que la Sala III de la Cámara previsional habilitara el cobro provisorio del beneficio. 

Según planteó Casal, los camaristas reconocieron explícitamente que la inhabilitación del artículo 19 del Código Penal debe ser evaluada por un juez de ejecución penal, pero inmediatamente después emitieron una medida cautelar en su propio fuero para suspender la baja previsional.

A criterio del procurador, esta decisión rompe la unidad lógico-jurídica que requiere todo acto judicial y genera un "grave conflicto institucional" al invadir competencias de otra jurisdicción. 

Asimismo, reprochó que el tribunal inferior omitiera deliberadamente analizar el alcance del Código Penal, el cual estipula que las condenas de prisión superiores a tres años conllevan la inhabilitación absoluta y la consecuente suspensión del goce de jubilaciones, retiros o pensiones civiles.

El origen de la baja y los pasos a seguir en la causa Vialidad

La controversia comenzó en noviembre de 2024, cuando la ANSES -organismo bajo la órbita del Ministerio de Capital Humano conducido por Sandra Pettovello- dio de baja la asignación presidencial y la pensión vitalicia de la ex mandataria tras la confirmación de su condena en la causa Vialidad. 

Tras quedar firme el fallo penal por parte de la Corte Suprema, el Gobierno ratificó que los delitos contra la administración pública resultan absolutamente incompatibles con la percepción de asignaciones de privilegio de la Ley 24.018.

"El fallo pretende desconocer las consecuencias jurídicas de una sentencia penal firme que impone la inhabilitación absoluta", remarcó Casal en su presentación.

La ex vicepresidenta acudió a la Justicia para declarar la nulidad de la resolución administrativa argumentando el carácter alimentario de las prestaciones. 

En febrero de este año, los jueces Sebastián Russo y Juan Fantini Albarenque hicieron lugar a la medida cautelar provisoria. Tras el rechazo de la Cámara a los recursos del Estado, la ANSES acudió en queja directa a la Corte Suprema. 

Con el dictamen no vinculante de la Procuración ya incorporado, el máximo tribunal de Justicia quedó en condiciones de emitir un fallo definitivo que sentará un precedente clave sobre los beneficios especiales de los ex mandatarios condenados.

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