DECISIÓN JUDICIAL

Procesaron a un ex soldado que integró Revolución Federal y le prohibieron acercarse a Máximo Kirchner

Se trata de Franco Castelli, quien fue imputado por un delito similar al que pesa sobre Jonathan Morel, Leonardo Sosa, Gastón Guerra y Sabrina Basile. La Justicia también le trabó un embargo de un millón de pesos, aunque sin prisión preventiva.  

El juez federal de Río Gallegos Claudio Vázquez procesó al ex soldado voluntario Franco Castelli, ex integrante de Revolución Federal, la organización acusada de emitir mensajes intimidatorios y de odio contra la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner y otros referentes del oficialismo.

Aunque no le impuso la prisión preventiva, el magistrado embargó a Castelli por un millón de pesos y le prohibió acercarse a menos de 200 metros al diputado nacional Máximo Kirchner y a cualquier miembro de su entorno familiar. "Se atribuye a Franco Castelli haber formado parte, al menos desde el mes de agosto hasta septiembre del corriente año, de la agrupación denominada "Revolución Federal", escribió el juez.

 

 

"Desde dicho espacio, se planificaron, coordinaron y difundieron mensajes de odio, actos intimidatorios y manifestaciones violentas; valiéndose de las redes sociales y medios masivos de comunicación para la convocatoria y la propagación de esas intenciones, bajo un esquema diseñado para imponer sus ideas y combatir las ajenas por la fuerza o el temor", añadió Vazquez.

Asimismo, el magistrado afirmó en los considerandos de la decisión que Revolución Federal incitó "públicamente a la violencia colectiva contra integrantes del Poder Ejecutivo y Poder Legislativo de la Nación y simpatizantes, entre otros, de la coalición política Frente de Todos".

Procesaron a un ex soldado que integró Revolución Federal y le prohibieron acercarse a Máximo Kirchner
Uno de los actos de Revolución Federal, la agrupación a la que perteneció Castelli.



La causa comenzó el 14 de septiembre pasado, luego de que autoridades del Ejército Argentino tomaran conocimiento de que uno de los soldados voluntarios, Castelli, habría participado de "manifestaciones públicas susceptibles de ser consideradas como amenazas, instigación a cometer delitos, incitación a la violencia y apología del delito en contra de autoridades nacionales".

En el expediente se menciona un audio en el que "se advierte un intercambio entre Castelli y Jonathan Morel en el que este último le consulta al imputado '¿pasas todavía por la casa de Máximo no? Si porque sos de Santa Cruz…¿Cómo no lo mataste boludo?" a lo que el encausado le respondió "si…si soy de Gallegos estoy acá'".

"Yo hoy veía como Cristina saludaba a la Cámpora y la militancia. Lástima que ya me conocen, porque sino sabes como me infiltro y espero a que baje. Si no me conocieran los nenes de la Cámpora, voy y canto la marcha peronista, y en cuanto puedo, paso a la historia. Después me linchan, pero paso a la historia", afirmaba Morel en diálogo con Castelli.

 

Revolución Federal, una organización marcada por el odio y la violencia

Ante estos hechos, el juez Vázquez sostuvo que "Revolución Federal se encontraría inmiscuido en una serie de escraches violentos, daños a bienes del Estado y manifestaciones con consignas violentas, ocurridas entre julio y septiembre del corriente año; en todos los casos dirigidas contra funcionarios del gobierno nacional".

Seguidamente, dijo que "Revolución Federal no era simplemente un colectivo de personas molestas con la situación política, económica y social que atraviesa nuestro país, sino que se trató de un grupo que progresivamente se fue radicalizando en sus expresiones de odio y agresión y en las acciones concretas que adoptaron al momento de protestar".

 

 

"No puedo pasar por alto que contemporáneamente a estos eventos acaeció la tentativa de magnicidio perpetrada en contra de la actual vicepresidenta de la Nación, la Dra. Cristina Fernández de Kirchner", agregó el magistrado, y consideró que "pese a que no mediaría una conexión directa entre los implicados de ambas causas, es innegable que los mensajes violentos de Revolución Federal contribuyeron de algún modo a propiciar un clima predisponente para que ello ocurra".

El delito imputado a Castelli, previsto en el art. 213 bis del Código Penal de la Nación, reprime con "reclusión o prisión de tres (3) a ocho (8) años, el que organizare o tomare parte en agrupaciones permanentes o transitorias que, sin estar comprendidas en el artículo 210 de este Código, tuvieren por objeto principal o accesorio imponer sus ideas o combatir las ajenas por la fuerza".

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