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Calendario oficial: ¿El 8 de diciembre será feriado o jornada no laborable por el Día de la Virgen?

Si bien el Gobierno nacional tomó una decisión respecto a la fecha, hay que diferenciarlos, ya que un feriado en el cual se paga doble si se trabaja y una jornada no laborable es optativa para el empleador y se abona salario simple.

Ya faltan pocas semanas para que termine el 2025 y antes de la llegada de las fiestas, hay una fecha marcada en el calendario de todos: se trata del 8 de diciembre, jornada que se conmemora el Día de la Inmaculada Concepción de María. El Gobierno nacional se encargó de definir si se tratará de un feriado o una jornada no laborable.

Más allá de la decisión final que tomó la administración de Javier Milei, hay que diferenciar ambas situaciones, ya que en el Feriado nacional, se paga doble si se trabaja al ser como un descanso dominical obligatorio. Mientras que en el día no laborable, su cumplimiento es optativo para el empleador y se paga salario simple.

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Feriados 2025: ¿Qué pasará con el 8 de diciembre?

En tanto, el Gobierno confirmó que el lunes 8 de diciembre es un feriado nacional inamovible, y esto significa que no es un día no laborable, sino un feriado obligatorio en todo el país. La fecha no se traslada ni se modifica, a diferencia de feriados móviles, como ocurrió en noviembre.

Además, este feriado tiene un peso histórico y religioso profundo: la Iglesia Católica celebra la Solemnidad de la Inmaculada Concepción, un dogma proclamado en 1854 por el Papa Pío IX.

En Argentina, la fecha está institucionalizada hace décadas y atraviesa no solo la liturgia, sino también prácticas culturales como armar el árbol de Navidad ese mismo día. Además, en esta fecha se destaca la Fiesta de la Virgen del Valle en Catamarca, que reúne miles de fieles entre el 29 de noviembre y el 8 de diciembre.

En otros países, como Colombia (con la noche de velas del 7) o Paraguay (con la peregrinación a Caacupé), la fecha se vive como un evento masivo de devoción popular.

Diferencia entre feriado y día no laborable

Por otra parte, la diferencia, regulada por la Ley de Contrato de Trabajo, es clave:

  • Feriado nacional: paga doble si se trabaja, como un descanso dominical obligatorio.
     
  • Día no laborable: su cumplimiento es optativo para el empleador y se paga salario simple.

El 8 de diciembre es feriado, por lo que rigen las condiciones especiales para quienes deban trabajar, y esto también aplica al feriado de Navidad del jueves 25 de diciembre.

 

 Así quedó el calendario oficial de feriados nacionales.
 Así quedó el calendario oficial de feriados nacionales.

Los feriados nacionales que quedan en diciembre

Finalmente, el mes de diciembre trae dos fechas clave, ambas inamovibles:

  • Lunes 8 de diciembre: Inmaculada Concepción de María (fin de semana largo de tres días).
  • Jueves 25 de diciembre: Navidad (con posibilidad de “puente” si muchos toman el viernes 26). 
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