Monotributo Social: ARCA habilitó la inscripción para pagar menos en la cuota mensual
Los trabajadores de ingresos limitados pueden acceder al Monotributo Social que incluye el acceso a servicios de salud y a los aportes jubilatorios.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ARCA) habilitó la inscripción al Monotributo Social 2025, un régimen simplificado dirigido a trabajadores con ingresos limitados. Cuáles son los requisitos y cómo quedaron los nuevos valores, según la categoría.
Con la implementación del Monotributo Social se busca formalizar la actividad económica del mercado laboral, en particular de los trabajadores que, por sus ingresos, no alcanzan la categoría más baja del régimen general de Monotributo.
Este beneficio permite a los contribuyentes de menores ingresos emitir facturas por sus servicios o productos, acceder a servicios de salud a través de una obra social y realizar aportes al sistema previsional para su futura jubilación.
El pago mensual correspondiente a esta categoría, según la última actualización de ARCA, es de $8.358,16.
De acuerdo con las normativas de ARCA, el Monotributo Social está diseñado para personas en situación de vulnerabilidad económica que desarrollan una actividad productiva con ingresos inferiores a los de la Categoría A del régimen simplificado.
Los grupos de personas que pueden acceder a este régimen incluyen:
- Trabajadores independientes con bajos ingresos.
- Emprendedores y trabajadores de la economía social.
- Beneficiarios de programas sociales.
- Pequeños productores.
Para inscribirse en el Monotributo Social, los interesados deben cumplir con una serie de requisitos definidos por ARCA. Estos criterios son fundamentales para la aprobación de la solicitud.
Los requisitos para acceder al Monotributo Social son los siguientes:
- Ser mayor de 18 años.
- Desarrollar una única actividad económica.
- Registrar un ingreso bruto anual que no supere los $7.813.063,45. Este monto es un tope máximo que determina la elegibilidad para el régimen.
- Poseer hasta dos bienes inmuebles, siempre que uno de ellos esté destinado exclusivamente al desarrollo de la actividad económica declarada.
- No ser propietario de más de tres bienes muebles registrables.
- No ser empleador ni poseer participación accionaria en sociedades comerciales.
- Los ingresos deben provenir únicamente de la actividad económica registrada, sin considerar prestaciones sociales.
- En el caso de cooperativas de trabajo, se requiere un mínimo de seis asociados.
La inscripción al Monotributo Social se gestiona a través del sitio web oficial de ARCA, ingresando a la sección "Mi Monotributo". Para acceder a esta plataforma, es indispensable contar con la Clave Fiscal personal.
Escalas y valores mensuales del Monotributo 2025
Más allá del Monotributo Social, el régimen general del Monotributo también establece diferentes categorías con sus respectivos valores mensuales. Estos importes varían según el tipo de actividad (locaciones y prestaciones de servicios o venta de cosas muebles) y el nivel de ingresos anuales.
A continuación, se detallan los valores de las cuotas mensuales para cada categoría del Monotributo en 2025:
- Categoría A: $32.221,31
- Categoría B: $36.679,00
- Categoría C: $42.951,25 para servicios; $41.982,19 para venta.
- Categoría D: $55.047,33 para servicios; $53.714,87 para venta.
- Categoría E: $77.946,73 para servicios; $70.436,50 para venta.
- Categoría F: $98.096,95 para servicios; $84.530,08 para venta.
- Categoría G: $149.836,62 para servicios; $103.321,64 para venta.
- Categoría H: $340.061,68 para servicios; $206.815,63 para venta.
- Categoría I: $626.993,55 para servicios; $309.020,04 para venta.
- Categoría J: $759.420,03 para servicios; $377.851,82 para venta.
- Categoría K: $1.050.323,75 para servicios; $456.773,20 para venta.
Estos montos incluyen el componente impositivo, previsional y de obra social, según corresponda a cada categoría y situación del contribuyente.
Es importante que los monotributistas revisen periódicamente su categoría y sus ingresos para evitar posibles recategorizaciones o exclusiones del régimen.

