Programa de Acompañamiento Social de ANSES: ¿Cuál será el monto que se pagará en octubre?
La prestación se mantiene sin variaciones desde fines del año pasado y no tendrá aumentos, al menos en el corto plazo.
Aquellos beneficiarios del programa Acompañamiento Social de ANSES, que es una de las dos líneas en las que se dividió el ex Potenciar Trabajo, recibirán en octubre la suma de $78.000, ya que la prestación se mantiene sin variaciones desde fines del año pasado y no tendrá aumentos, al menos en el corto plazo.
Cabe destacar que esta herramienta de asistencia está destinada a las personas de más de 50 años o que son madres de cuatro o más hijos menores de 18 años.
Según fuentes de Capital Humano, los titulares suelen tener el monto acreditado en sus cuentas el quinto día hábil de cada mes, por lo que, en esta ocasión, caerá martes 7 de octubre.
El Programa de Acompañamiento Social incluye a aquellos grupos vulnerables por encontrarse en situaciones especiales relacionadas con la salud, la soledad y la seguridad financiera. Esta línea cuenta con alrededor de 200.000 personas en su nómina de beneficiarios.
El objetivo es “mejorar las condiciones laborales y la calidad de vida de las familias, promoviendo su autonomía y desarrollando sus capacidades”.
¿Quiénes puede acceder?- Mujeres y hombres mayores de 50 años en condiciones de vulnerabilidad.
- Mujeres con 4 hijos o más menores de 18 años.
Cuáles son las situaciones compatibles para cobrar Acompañamiento Social
El Programa de Acompañamiento Social es compatible con:
Asignación Universal por Hijo.
Asignación Universal por Embarazo para Protección Social.
Prestaciones económicas, habitacionales o de protección familiar otorgadas por el Estado.
Prestaciones alimentarias.
Monotributo social o monotributo categoría A y B.
Trabajo en casas particulares.
Trabajo contratado en forma temporaria o trabajo permanente discontinuo.
Trabajo rural, temporario o estacional.
Trabajo contratado en el “Programa Puente de Empleo”.
Empleo formal registrado bajo relación de dependencia con una remuneración bruta mensual inferior al valor de 1 Salario Mínimo, Vital y Móvil.

