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Fallo de la Corte: el Estado argentino no deberá pagar los sueldos a legisladores del Parlasur

La Corte Suprema dictaminó que no corresponde al Estado argentino financiar los salarios reclamados por legisladores electos en 2015 para el Parlasur.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que el Estado argentino no está obligado a pagar los sueldos reclamados por legisladores nacionales electos para el Parlamento del Mercosur en 2015.

Los diputados involucrados en el caso son Claudia Fernanda Gil Lozano, Alejandro Hernán Karlen, Cecilia Britto y Alberto Assef, quienes llevaron sus demandas a diferentes jurisdicciones federales, con resultados diversos.

 

En el caso de Claudia Fernanda Gil Lozano, la Sala II de la Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la sentencia de primera instancia que rechazaba el amparo.

La Corte Suprema, con la firma de Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, declaró inadmisible el planteo de Gil Lozano, destacando que es responsabilidad del Mercosur, a través del Parlasur, financiar las remuneraciones de los parlamentarios.

 

En el mismo sentido, el voto de Rosatti señaló que "es el Mercosur, como persona jurídica diferente, y más precisamente el Parlasur, a través de su Mesa Directiva y Presidencia, y no el Estado Argentino, el obligado a resolver y pagar las remuneraciones de los parlamentarios".

El fallo destaca que los fondos para estas erogaciones provienen del presupuesto del Mercosur, financiado con aportes de los Estados Parte, quienes son responsables de los gastos operativos, incluyendo las remuneraciones de los legisladores directamente electos.

 

La resolución de la Corte subraya la importancia del artículo 75, inciso 24 de la Constitución Nacional, que establece el compromiso de la Nación con el sistema de integración regional del Mercosur.

En otros casos similares como el de Alejandro Hernán Karlen, la Cámara Nacional Electoral inicialmente condenó al Estado Nacional a incluir en la Ley de Presupuesto de 2017 los montos necesarios para el pago de dietas parlamentarias del Mercosur. Sin embargo, la Corte Suprema, tras el recurso del Estado Nacional, revocó esta decisión, alineándose con la interpretación sobre la responsabilidad presupuestaria del Mercosur.

 

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