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La Justicia declaró inválido el veto de Javier Milei a la Ley de Emergencia en Discapacidad

El Juzgado Federal de Campana benefició a dos personas en una causa de amparo. Qué establece el fallo.

La Justicia Federal le propinó un revés al Gobierno de Javier Milei al declarar este lunes la invalidez del veto presidencial a la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad.

El fallo, dictado por el juez Adrián González Charvay, responde a una acción de amparo y, si bien sus efectos se limitan al caso particular, establece un importante precedente judicial para futuras acciones.

El fallo judicial, según información de Noticias Argentinas, declara inválido el Artículo 3 del Decreto 534/2025, a través del cual el Gobierno había vetado por completo la Ley 27.793. 

 

La decisión es aplicable únicamente a los demandantes involucrados en la causa y no tiene un alcance general.

La resolución surge de una acción judicial iniciada por dos personas contra el Estado Nacional. El fallo tiene un efecto directo sobre las prestaciones que reciben dos menores de edad en el marco del caso. La Justicia hizo lugar de forma parcial al amparo presentado por los demandantes.

Como consecuencia de la medida, el juez ordenó notificar a la obra social de los dos menores, para que sus prestaciones se adecúen a lo establecido por la ley de emergencia, la cual ha sido restituida para ellos.

Además, el magistrado dispuso que los costos del proceso judicial sean asumidos por el Estado Nacional.

 

La Justicia falló a favor de una acción judicial iniciada por dos personas contra el Estado Nacional.
La Justicia falló a favor de una acción judicial iniciada por dos personas contra el Estado Nacional.

Si bien el Gobierno tiene la posibilidad de apelar esta decisión, el fallo constituye la primera resolución judicial que anula los efectos del veto presidencial en el ámbito de la discapacidad. 

Esta medida abre una vía para que se presenten recursos de amparo similares en otros juzgados a nivel nacional, siguiendo el mismo criterio.
 

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