DURA MEDIDA

Veda electoral activa: qué pasa si se rompe

Una serie de actividades ya no se pueden realizar en la Ciudad de Buenos Aires hasta el fin de las Elecciones Legislativas, que serán este domingo, por lo que si se incumplen las normas, puede haber severas sanciones. 

Comenzó la veda electoral en la Ciudad Autonoma de Buenos Aires, a 48 horas del proceso legislativo que tendrá lugar este domingo 18 de mayo, fecha establecida en el calendario oficial del Instituto de Gestión Electoral (IGE) porteño. Por ese motivo, hay algunas actividades que ya no se pueden realizar.

Aquellos porteños que no respeten la medida podrán ser denunciados por violación al Código Electoral, y sancionados si la Justicia comprueba la falta. Cabe destacar que se llevará a cabo la renovación de 30 bancas de la Legislatura de la Ciudad, órgano unicameral compuesto por un total de 60 legisladores.

Cabe destacar que la normativa prohíbe la venta de bebidas alcohólicas desde las 20 horas del sábado 17 de mayo hasta transcurridas tres horas del cierre del comicio.

La prohibición sobre la venta de alcohol tiene por objetivo garantizar el orden público y asegurar que la jornada electoral se desarrolle en un ambiente de tranquilidad y responsabilidad cívica. El consumo de alcohol puede alterar el comportamiento individual o grupal, generando situaciones que comprometan el desarrollo pacífico del proceso democrático.

 

El domingo se llevarán a cabo las Elecciones Legislativas en la Ciudad de Buenos Aires.
El domingo se llevarán a cabo las Elecciones Legislativas en la Ciudad de Buenos Aires. 

Quienes no cumplan con las restricciones de la veda electoral se enfrentarán a sanciones que van desde multas económicas hasta penas de prisión. En detalle, las multas por violar la veda oscilan entre los 10.000 y 100.000 pesos. Además, quienes vendan bebidas alcohólicas durante el período prohibido podrían recibir penas de prisión que varían entre 15 días y seis meses.

Por otro lado, las personas que porten armas, utilicen banderas o distintivos durante el día de la elección podrán ser sancionadas con hasta 15 días de prisión. En tanto que las agrupaciones políticas que realicen actos de campaña en plena veda serán penalizadas con la pérdida de acceso al financiamiento públicopor un período de uno a cuatro años y podrían perder los fondos de campaña para una o dos elecciones.

Estas disposiciones están contempladas en los artículos 71 y 133 del Código Nacional Electoral y tienen como objetivo garantizar el desarrollo libre y transparente del acto democrático.

 

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