Podrá ser enviado a juicio oral: confirman el procesamiento de Alberto Fernández por violencia de género
El expresidente quedó con procesamiento confirmado por "lesiones leves y lesiones graves agravadas por haberse cometido en un contexto de violencia de género y por amenazas coactivas".
Este martes, la Cámara Federal porteña confirmó el procesamiento del ex presidente de la Nación, Alberto Fernández por violencia de género contra la ex primera dama, Fabiola Yañez, en una decisión que lo dejó en condiciones de ser enviado a juicio oral.
Según fuentes oficiales, la decisión fue de la sala II del Tribunal de Apelaciones, con los votos de los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah, y la disidencia de Roberto Boico, según la resolución a la que tuvo acceso la Agencia Noticias Argentinas.
De esta manera, el ex Jefe de Estado quedó con procesamiento confirmado por "lesiones leves y lesiones graves agravadas por haberse cometido en un contexto de violencia de género y por amenazas coactivas".
Además, se confirmó un embargo de 10.000.000 de pesos sobre los bienes del exmandatario y se desestimaron los planteos de nulidad promovidos por su defensa.
"Es probable que los delitos se hayan cometido del modo en que fueron descriptos por las partes acusadoras", afirmó el juez Martín Irurzun en la resolución, de 82 carillas.
En paralelo, Irurzun advirtió que los hechos "sucedieron en un ámbito muy especial (la Quinta Presidencial de Olivos), fuertemente custodiado por funcionarios federales bajo el mando de Fernández".
Y concluyó al confirmar el procesamiento.“Se ha establecido que, forzada por la naturaleza de su relación, la víctima tuvo que practicar una suerte de reclusión en un espacio para huéspedes de la residencia. También que tenía un alto grado de aislamiento -fue auxiliada por familiares directos que declararon en la causa-. Valorar en su justa dimensión este contexto es fundamental”.
Además, la sentencia señaló que Yañez “era alguien que notoriamente estaba en una situación de desigualdad de poder, al interior y exterior de la pareja, con relación a su victimario”.
Por lo tanto, en un contexto así, "por imperio del sentido común más básico, es razonable presumir que, en ese momento, no guió a sus acciones otra finalidad que pedir algún modo de auxilio sobre una situación que, efectivamente, había pasado, estaba pasando y, evidentemente, seguiría pasando", advirtió el juez.
Asimismo, la Cámara confirmó lo que había resuelto el juez federal Julián Ercolini, con intervención de la fiscalía de Ramiro González.
Por último, en disidencia, el camarista Boico votó en minoría por dictar la falta de mérito y pedir una profundización de la pesquisa.

