Reforma laboral: la Justicia levantó la cautelar de la CGT y vuelven a regir 81 artículos
El fallo del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°12 anuló la cautelar que frenaba parte de la ley impulsada por el Gobierno nacional. Manuel Adorni confirmó la resolución este viernes.
La Justicia dejó sin efecto la medida cautelar presentada por la Confederación General del Trabajo (CGT) que mantenía suspendidos 81 artículos de la Ley de Modernización Laboral N°27.802, una de las principales iniciativas impulsadas por el Gobierno nacional dentro de la reforma laboral.
La decisión fue tomada por la jueza federal Macarena Marra Giménez, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°12, y confirmada este viernes por el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, durante una conferencia de prensa.
Con esta resolución, vuelven a quedar vigentes distintos puntos centrales de la normativa, al menos hasta que exista una sentencia definitiva sobre el fondo del planteo judicial realizado por la central obrera.
La Justicia explicó por qué levantó la cautelar contra la reforma laboral
En el fallo, la magistrada sostuvo que una medida cautelar que suspenda una ley sancionada por el Congreso requiere un análisis especialmente estricto, debido a que las normas aprobadas por los poderes del Estado cuentan con presunción de legitimidad.
Además, remarcó que los 81 artículos cuestionados abarcan temas de gran complejidad y amplitud, por lo que consideró que no corresponde resolver esa discusión en una instancia preliminar.
Otro de los puntos centrales de la resolución tuvo que ver con el "peligro en la demora". Según explicó la jueza, el expediente tramita mediante un proceso sumarísimo y la definición de fondo podría llegar en un plazo relativamente corto, lo que reduce la necesidad de mantener suspendida la aplicación de la ley mientras tanto.
El fallo también rechazó la recusación sin causa presentada por la CGT el pasado 15 de abril. La magistrada recordó que ese tipo de planteos no están permitidos dentro de procesos sumarísimos, tal como establece el Código Procesal.
La causa había atravesado previamente una disputa de competencia entre el fuero laboral y el contencioso administrativo. Finalmente, la Sala IV resolvió que el expediente debía quedar bajo la órbita del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°12, que terminó revisando la vigencia de la cautelar original.

