Atención jubilados: ¿Hasta cuándo tiene tiempo Javier Milei para vetar la ley del aumento?
El presidente Javier Milei recibió el texto del proyecto de ley aprobado por el Congreso. El tiempo ya está corriendo y es clave que los jubilados conozcan la fecha límite para el veto al aumento en el haber y el bono.
Los jubilados están a la espera de las novedades relacionadas con el cobro de agosto 2025. Si bien la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) aplica aumentos por inflación en los haberes, un proyecto de ley aprobado por el Congreso genera cierta expectativa.
La iniciativa, que contempla un incremento del 7,2% en los salarios de los jubilados, y una suba del bono de $70.000 a $110.000, tuvo “luz verde” tanto en la Cámara de Diputados como en la de Senadores. No obstante, el presidente Javier Milei ya confirmó que la vetará.
Debido a que la aprobación en el Senado sucedió el jueves 10 de julio, surge la duda de hasta cuándo tiene tiempo el mandatario para realizar el veto. Se recuerda que, también, se votó a favor de extender por dos años la moratoria previsional. Más información en anses.gob.ar.
Las novedades para los jubilados, están en Crónica HDJavier Milei tiene tiempo hasta el lunes 4 de agosto para concretar el veto a la ley, ya que el Presidente debe pronunciarse antes de que pasen diez días hábiles desde que recibió el proyecto aprobado.
Si bien la aprobación sucedió el 10 de julio, el Senado comunicó formalmente los textos a la Casa Rosada el pasado lunes 21, por lo que la cuenta es a partir de ese día. Con esta decisión, los jubilados solo recibirían el incremento mensual que ya viene por inflación.
Para agosto, esto significa una actualización del 1,6%, lo que eleva los haberes mínimos a $314.249,94. El Ejecutivo también buscará frenar la suba del bono, lo que implica que la ayuda extra de $70.000 quedaría congelada.
“Lo vamos a vetar. Y si se cae el veto, lo vamos a judicializar”, sentenció el Presidente, dejando en claro que “la política del superávit fiscal es permanente”. Además, advirtió que, incluso si la Justicia terminara habilitando la aplicación de la ley por un corto período, “el daño sería mínimo” y podría revertirse a partir del 11 de diciembre.
El veto es la potestad que la Constitución Nacional le da al Presidente para evitar que un proyecto aprobado por las dos cámaras del Congreso (Diputados y Senadores) se convierta en ley. Cuando se sanciona un proyecto, el Poder Ejecutivo puede:
- Aprobar la ley y promulgarla: esto se da por medio de un decreto o con una “promulgación de hecho”, ya que, si el Presidente no se pronuncia pasados diez días hábiles desde que recibió el proyecto aprobado, la ley se promulga automáticamente. Luego, se publica en el Boletín Oficial y entra en vigencia.
- Vetar la ley, de forma total o parcial: en caso de veto parcial, puede promulgar la parte no vetada, siempre y cuando no desvirtúe el espíritu del proyecto sancionado por el Congreso.
Una vez que se toma la decisión de vetar total o parcialmente el proyecto, se devuelve con sus objeciones a la cámara de origen del Congreso. En el caso de las jubilaciones, a Diputados, que fue la que le dio media sanción y habilitó el tratamiento en Senadores.
Así, la cámara debe discutir nuevamente el proyecto de ley junto con los argumentos del Presidente. Para anular el veto, ambas cámaras deben votar otra vez.
Si se logra la mayoría de dos tercios en las dos cámaras, el veto queda anulado y el proyecto original se convierte en ley. En caso de suceder, Javier Milei estará obligado a promulgarlo y no puede volver a vetarlo: la ley se publica en el Boletín Oficial y es válida.
En caso de no lograr la mayoría de los dos tercios, el veto se mantiene y el proyecto no puede ser tratado hasta el año siguiente.
Además, Javier Milei aclaró que judicializará el veto si es necesario. Este concepto tiene que ver con la Justicia, que, aunque no suele intervenir en las decisiones del Congreso, hay excepciones.
El Presidente intentará demostrar la inconstitucionalidad de la decisión que tomen las cámaras con respecto al veto al aumento de las jubilaciones. De ese modo, lograría que no entre en validez.

