ATENCIÓN

ANMAT prohibió una serie de productos de limpieza y cuidado personal por diversas irregularidades

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) llevó a cabo una serie de investigaciones, y los resultados marcaron que los productos no cumplían con los requisitos sanitarios del ente, por lo que fueron retirados del mercado.

A través de diversas disposiciones publicadas este viernes en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el uso, comercialización y distribución en el territorio nacional de una serie de productos de limpieza y cuidado personal por carecer de registros sanitarios y no estar inscriptos ante la entidad.

Tras una serie de investigaciones llevadas a cabo, el organismo de control estatal llegó a la conclusión de que los productos investigados no cumplían con los requisitos sanitarios obligatorios, y por eso, se prohibió la comercialización y distribución de los mismos.

Todas las noticias de Crónica, en vivo

Por medio de la Disposición 74/2026, se impuso la prohibición a limpiadores, desengrasantes y aromatizantes para autos y motos de las marcas Muffler, Abro, Red Kong, Black Line y Autoamérica. Según indicó, los productos no están inscriptos ante la Anmat y, a raíz de denuncias, se inició una investigación y no se identificaron datos de establecimientos responsables habilitados.

En la Disposición 76/2026, el organismo dispuso la restricción para el producto domisanitario rotulado como desinfectante para agua de piscinas, marca "Ingenia". En este caso, recibió una consulta sobre la legitimidad del producto, que en su tapa consignaba una marca distinta, "Clorotech".

"El producto cuestionado es clasificado como riesgo 2 (aquellos que presentan un nivel de peligrosidad mayor debido a su composición o actividad), por lo que debe estar evaluado y aprobado con su correspondiente certificado nacional de producto domisanitario a fin de poder ser comercializado con destino al tránsito interjurisdiccional", explicó y comunicó que se citó a la firma Servicios Bioaguas, su productora, a fin de que realizara el reconocimiento.

Prohibiciones de ANMAT


En la Disposición 94/2026, la Anmat prohibió la venta de una serie de productos de cuidado personal de las marcas El Árbol, RE! y Aromas de la Tierra porque no tenían datos de inscripción sanitaria en su rotulado.

"Cabe señalar que, consultada la base de datos de cosméticos inscriptos ante esta administración, no se hallaron productos cuyos datos identificatorios se correspondan con los obrantes en el rotulado de los citados cosméticos", respondió el organismo tras una denuncia.

En esta línea, también publicó la Disposición 95/2026, donde prohibió el uso, comercialización, publicidad, publicación en plataformas de venta en línea y distribución en todo el país de productos de cuidado personal de la marca Leagus Cosmetics por no contar con datos de inscripción. En estos casos alertó que pueden desencadenar desde hipersensibilidad y dermatitis alérgicas, hasta un incremento en la probabilidad de ocurrencia de carcinomas, principalmente el nasofaríngeo.

"Es de señalar que entre los productos objeto de las actuaciones, constan alisadores del cabello que se comercializan sin la debida inscripción sanitaria, y que en tal condición representan un serio riesgo para la salud de la población, por cuanto podrían contener formol (formaldehído) como activo alisante. El uso de este ingrediente con la finalidad de alisar los cabellos no se encuentra autorizado, por cuanto puede derivar en la exposición a vapores tóxicos con potencial para generar diversos efectos nocivos sobre la salud del usuario y del aplicador", aclaró.

ANMAT retiró del mercado una linea de alisadores de pelo (Imagen ilustrativa).

A su vez, agregó que los alisadores de cabellos formulados en base a formol pueden generar diversas reacciones adversas tras la exposición aguda, como irritación, enrojecimiento, ardor, picazón de la piel u ojos, lagrimeo, irritación de la garganta, irritación de la nariz, tos, sensibilización del tracto respiratorio y alteraciones serias.

Por último, la ANMAT prohibió, mediante la Disposición 96/2026, la venta de una serie de productos para el cabello de la empresa Keratin Liss por no tener inscripción sanitaria en su rotulado e implicar un peligro para los consumidores.

Esta nota habla de: