VTV en Buenos Aires: cómo acceder al 50% de descuento y quiénes están exentos del pago
La Verificación Técnica Vehicular es un trámite obligatorio para muchos, pero algunos jubilados y pensionados pueden obtener un 50% de descuento. Además, ciertos vehículos están exentos del pago, aunque no de la inspección.
La Verificación Técnica Vehicular (VTV) es un requisito esencial para circular tanto en rutas como en la ciudad, y su falta puede resultar en elevadas multas. Este trámite obligatorio asegura el control periódico del estado mecánico y la emisión de gases contaminantes de los automotores. Sin embargo, en la provincia de Buenos Aires, algunos vehículos y ciertos conductores están exentos del pago, aunque deben cumplir con la inspección correspondiente.
Un grupo selecto de beneficiarios, que incluye a jubilados y pensionados, puede acceder a un descuento del 50% en la tarifa de la VTV. Para ello, es necesario cumplir con ciertas condiciones, como no superar los dos haberes mínimos. Además, deben presentar el último recibo de haberes, acreditar la titularidad del vehículo a verificar, y tener una constancia de vigencia de la VTV.
Requisitos para acceder al descuento del 50%:- Ser jubilado o pensionado.
- No superar los dos haberes mínimos.
- Presentar el último recibo de haberes.
- Acreditar la titularidad del vehículo.
- Constancia de vigencia de la VTV.
En la Ciudad de Buenos Aires, los autos deben realizar su primera VTV cuando cumplen 4 años de antigüedad o alcanzan los 60.000 kilómetros. Para los vehículos que no hayan superado los 7 años o los 80.000 kilómetros, la verificación tiene una vigencia de 24 meses, mientras que para los que sobrepasan estos límites, la VTV debe renovarse anualmente.
La provincia de Buenos Aires establece que los vehículos destinados a servicios municipales, los pertenecientes al cuerpo de Bomberos, y aquellos que son propiedad de personas con discapacidades están exentos del pago de la VTV, aunque deben realizar la inspección correspondiente.
El vencimiento de la VTV se determina por el último número de la patente del vehículo:
- Patentes terminadas en 0: vencen el 31 de octubre.
- Patentes terminadas en 1: vencen el 30 de noviembre.
- Patentes terminadas en 2: vencen el 28 de febrero.
- Patentes terminadas en 3: vencen el 31 de marzo.
- Patentes terminadas en 4: vencen el 30 de abril.
- Patentes terminadas en 5: vencen el 31 de mayo.
- Patentes terminadas en 6: vencen el 30 de junio.
- Patentes terminadas en 7: vencen el 31 de julio.
- Patentes terminadas en 8: vencen el 31 de agosto.
- Patentes terminadas en 9: vencen el 30 de septiembre.
Los meses de enero y diciembre se dejan libres para aquellos que necesiten regularizar su situación con la oblea vencida.

