OTRA VEZ

La Justicia VOLVI脫 a fallar a FAVOR de la AFA y en contra de las SAD: los detalles

El Gobierno Nacional tuvo, por estas horas, un nuevo rev茅s a su intenci贸n de instalar las SAD en los clubes de f煤tbol.聽

En un rinc贸n del ring, el Gobierno Nacional y su obstinada intenci贸n de convertir a los clubes en Sociedades An贸nimas Deportivas; del otro, la AFA que, con su estatuto en la mano, sostiene el actual modelo de entidades sin fines de lucro para sus instituciones afiliadas. Y as铆 est谩 planteada la pelea nom谩s, con la pelota y, sobre todos los hinchas, como rehenes de una clara puja de intereses. 聽

La lucha entre el Ejecutivo Nacional, encabezado por el presidente Javier Milei, y la Asociaci贸n del F煤tbol Argentino sum贸 en esta jornada un nuevo cap铆tulo de la fuerte contienda y si tenemos que hablar de victorias (por ponerlo en t茅rminos deportivos), la cuesti贸n fue a favor de la entidad madre.聽

Es que un juez federal impuso una medida cautelar que suspende dos de los art铆culos del DNU 70/2023 -aquel mega decreto que lanz贸 el presidente, ni bien asumi贸- y dos del Decreto 730/2024, publicado el 煤ltimo 14 de agosto, que tambi茅n contemplaba el tema de las SAD.

El juez que le meti贸 un freno al asunto fue Elpidio Portocarrero Tezanos Pintos que, en Mercedes, ratific贸 el fallo con el que algunos meses antes hab铆a puesto un freno a los art铆culos del DNU de fines del a帽o pasado, pero ahora reforzado por el decreto publicado -hace solo algunas semanas- en el que le daba a la AFA un a帽o de plazo m谩ximo para modificar su estatuto con el objetivo de que permitiera el ingreso de las SAD, lo que lleva a que la transformaci贸n deber铆a determinarse antes del 14 de agosto de 2025, un a帽o despu茅s del DNU.聽

Puntualmente, los art铆culos sobre los que rige la medida firmada en el juzgado federal de Mercedes indican , por un lado, que se entienden por asociados de las asociaciones civiles "a los asociados que participen en la asamblea extraordinaria de la asociaci贸n que considere la decisi贸n de transformar a la entidad en sociedad an贸nima o resuelva ser socia de sociedades an贸nimas".

Para justificar la decisi贸n, el juez manifest贸: "La modificaci贸n que se impulsa urge ser suspendida, pues resultar铆a irreparable el da帽o ocasionado por el transcurso del tiempo desde el inicio de la presente acci贸n y la sentencia definitiva, por lo tanto para asegurar la eficacia pr谩ctica de la decisi贸n final, puedo tener por acreditado los presupuestos de admisibilidad del remedio cautelar, sin perjuicio de lo que las pruebas puedan llegar a demostrar en el transcurso del proceso, a partir de la notificaci贸n de la presente, y hasta el dictado de la sentencia definitiva".

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