La Corte Suprema ordenó extraditar a Perú a un ciudadano por el abuso sexual contra una menor de edad
El máximo tribunal confirmó la entrega de Juan Manuel Jaramillo Gamero, requerido por la justicia peruana. En la misma jornada, rechazó otros dos pedidos de extradición al mismo país: uno por ausencia de doble subsunción y otro porque se violó "de manera flagrante" el derecho de defensa.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió esta semana tres pedidos de extradición hacia Perú con resultados disímiles: confirmó uno y rechazó los otros dos por razones técnicas y procesales.
El tribunal integrado por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti confirmó la extradición de Juan Manuel Jaramillo Gamero, ciudadano peruano requerido por un delito contra la libertad sexual de una menor en su país de origen. La defensa había cuestionado la demora en la tramitación de la causa y el arraigo familiar del imputado en la Argentina. Ambos planteos fueron desestimados por tardíos.
El fallo ordenó además que la jueza interviniente informe a la justicia peruana el tiempo que Jaramillo Gamero estuvo privado de la libertad durante el proceso de extradición, y que actualice la situación del requerido en una causa paralela por abuso que tramita ante la Unidad Fiscal de Instrucción N°9 de Lomas de Zamora. Esa información será necesaria para que el Poder Ejecutivo Nacional evalúe si corresponde una entrega diferida o temporal, atribución que le es exclusiva según el tratado bilateral con Perú.
El caso del narco con doble causa: por qué la Corte dijo que no
Distinto fue el desenlace para Samuel Fernando Sales Cohen. Perú lo reclamaba para juzgarlo por lavado de activos proveniente del tráfico ilícito de drogas, en la modalidad de actos de conversión y transferencia en su forma agravada. El imputado ya había sido detenido en la Argentina cuando se intentó despachar 244 kilos de cocaína a Europa.
Sin embargo, la Procuración General advirtió que al momento en que Argentina recibió el pedido peruano, el autolavado no estaba tipificado en el derecho argentino. Eso impedía acreditar la llamada "doble subsunción": el principio que exige, en materia de extradición, que el hecho sea punible tanto en el Estado requirente como en el requerido.
La Corte rechazó la solicitud y subrayó que la decisión "lejos de atentar contra la cooperación la reafirma", ya que garantiza que la extradición "solo ha de hacerse efectivo con apego a los convenios y leyes que la regulan".
El tercer caso: derecho de defensa violado "de manera flagrante"
El tercer rechazo involucra a Maycol Christian Egusquiza Mamani y Danny Gerson Egusquiza Mamani, cuya extradición había sido resuelta por la jueza federal María Eugenia Capuchetti para someterlos a proceso por tráfico ilícito de drogas.
La Corte detectó dos irregularidades graves: la documentación presentada al momento del fallo constituía únicamente una solicitud de detención preventiva, no un pedido formal de extradición; y ese requerimiento fue incorporado al expediente con posterioridad al dictado de la sentencia. El tribunal privó de validez a todo lo actuado y ordenó a Capuchetti reiniciar el procedimiento respetando el derecho de defensa de los imputados, derecho que -según el fallo- había sido "desconocido de manera flagrante en el caso".

