Defensoría General de la Nación habló sobre la vigencia del fallo de la Corte sobre el aborto no punible 

La institución destacó que hay que no hay que condenar la interrupción del embarazo practicado en caso de que sea consecuencia de una violación. "La Corte explicitó que las prácticas que demoran o impiden el acceso a los abortos permitidos, son ilegales", resaltó.

La Defensoría General de la Nación (DGN) destacó este martes la vigencia del fallo de la Corte Suprema de Justicia que estableció que no es punible el aborto practicado en caso de un embarazo que sea consecuencia de una violación. 

En el Día Internacional por la Salud de las Mujeres y "a más de siete años de aquel fallo histórico" sobre la situación de una persona identificada con las iniciales F.A.L., la DGN lamentó que "continúen existiendo casos como el de Lucía, una niña de 11 años que fue violada y a quien los médicos del Hospital del Este de Tucumán se negaban a practicarle la interrupción legal del embarazo".

La Defensoría recordó que en ese caso "la práctica solo pudo llevarse a cabo gracias a la intervención de dos profesionales que no pertenecen al sistema público de salud". 

Además, precisó que en el caso de F.A.L."la Corte explicitó que las prácticas que demoran o impiden el acceso a los abortos permitidos, son ilegales y contrarían los estándares constitucionales e internacionales".

En ese expediente, el máximo tribunal de la Nación decidió que ante el pedido de una mujer embarazada debe intervenir un único médico diplomado y no cabe requerir ninguna autorización previa.

La Corte concluyó que el Estado, como garante del sistema de salud pública, "debe asegurar las condiciones necesarias para que los abortos no punibles se lleven a cabo de manera rápida, segura y accesible" y que las autoridades nacionales y locales deben implementar y hacer operativos protocolos hospitalarios de atención de abortos no punibles.

Para la DGN ese fallo fue "un gran paso" pero, "es preciso seguir avanzando en esa línea, a fin de asegurar la vigencia de los derechos humanos de las mujeres y de cumplir con los mandatos internacionales asumidos en la materia, evitando así que el Estado incurra en responsabilidad internacional".

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