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Impuesto a las Ganancias 2023: la AFIP habilitó la deducción por gastos educativos, ¿cómo hacer el trámite?

Los asalariados pueden aplicar servicios brindados por establecimientos públicos y/o privados, además de clases particulares sobre materias incluidas en los planes de la enseñanza oficial y útiles escolares. Conocé los límites de la medida y el paso a paso para concretar la declaración correspondiente.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó en las últimas horas la posibilidad de deducir del Impuesto a las Ganancias los gastos en educación.

Los asalariados pueden aplicar servicios brindados por establecimientos públicos y/o privados, además de clases particulares sobre materias incluidas en los planes de la enseñanza oficial y útiles escolares.

Desde ahora, a través del servicio “SiRADIG – Trabajador”, se podrán deducir de Ganancias los gastos de educación y herramientas educativas.

¿Qué se consideran gastos educativos?
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— AFIPComunica (@AFIPcomunica) February 14, 2023

Alcanza a las erogaciones correspondientes a 2022 y 2023. La deducción tiene un tope de 40% sobre el mínimo no imponible de cada período fiscal, que para el año último es de $ 252.564,84 y, para el corriente, $ 451.683,19, según precisó la AFIP en una resolución.

 

Cómo realizar el trámite: paso a paso

Para hacer la declaración correspondiente se debe tener a mano las facturas. Después, se tiene que ingresar con clave fiscal en el sitio web de la AFIP, para lo cual se puede hacer click acá.

Entre los servicios interactivos que se despegarán, hay que elegir la opción "SiRADIG-Trabajador". Es la misma planilla que se utiliza para cargar deducciones por familiares a cargo y deducciones por otros gastos, como alquiler de la vivienda o el salario del servicio doméstico.

Una vez en el SiRADIG, se debe buscar la solapa “Carga de formulario” y, luego, la de “Deducciones y desgravaciones”. Después, se debe hacer un click en Gastos de educación”, tras lo cual la pantalla pedirá la identificación del período al cual corresponde el comprobante a cargar; sobre el cual, al ir a la opciónAlta de Comprobante, deberá informarse fecha, tipo, número y monto.

 

Además, el sistema solicita el dato de la entidad proveedora”, como institución educativa, persona que brinda el servicio o comercio interviniente. Se debe consignar el número de CUIT que aparece en el comprobante o factura. Y se tiene que optar entre “Servicios con fines educativos o Herramientas educativas, según el concepto a deducir.

Asimismo, el sistema pide identificar a qué familiar corresponde el gasto que se declara. Hay dos opciones, según la normativa: hijos a cargo (deben ser menores de 18 años o estar incapacitados para el trabajo) e hijos de entre 18 y 24 años que cursen “estudios regulares o profesionales de un arte u oficio, que les impida proveerse de medios necesarios para sostenerse independientemente” y que no tengan en todo el año ingresos netos que superen la llamada “ganancia no imponible” ($252.564,84 por 2022 y $451.683,19 por 2023. Además, deben residir en el país.

Luego, se debe aclarar si se aplicará la deducción al 100% o al 50%. Esta última opción corresponde cuando ambos padres declaran al hijo o a los hijos y, entonces, se aplica la mitad del importe deducible para cada uno.

Los datos deben ser guardados. Y, para generar una declaración que sea tomada en cuenta al calcularse el impuesto, se debe ir a Vista Previa. Se trata de la opción que aparece abajo, en la pantalla, luego de haber guardado los cambios). Se desplegará así un borrador de la planilla con la información cargada. Entonces, si se confirma que es correcto todo lo informado, se debe marcar el botón Enviar al empleador”.

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