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Reforma laboral: ¿De qué se trata el modelo de la UOCRA que reivindica Javier Milei y quiere aplicar en su Gobierno?

El sistema aplicado en el sector de la construcción fue destacado por el presidente electo como una alternativa para modernizar el régimen actual. Crónica habló con fuentes del gremio que conduce Gerardo Martínez y con abogados laboristas para conocer si podría trasladarse al resto de las actividades.

"Avanzaremos en una reforma del sistema laboral argentino para ir a un modelo con un esquema de seguros de desempleo con mayor profundidad financiera", aseguró en declaraciones a la prensa el presidente electo, Javier Milei, poco antes de las últimas elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO).

El economista, a principios de octubre pasado, redondeó su propuesta. “Hay ocho millones de personas que están en el empleo informal. La solución a esto es crear un modelo de seguro de desempleo que existe en Argentina, que es el de la UOCRA, al cual pretendemos darle seguridad financiera. Si estoy levantando el modelo de la UOCRA, debería hablar con (su secretario general, Gerardo) Martínez. Todos los que me ayuden a sacar la reforma, bienvenidos”, enfatizó.

Poco después, se reunieron Milei y el titular de la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA).

 

Martínez, tras mantener el encuentro, asistió al 59° Coloquio de IDEA que se desarrolló en la ciudad de Mar del Plata.

El dirigente gremial advirtió que el sistema de indemnizaciones laborales que promueve el líder libertario "da más previsibilidad", pero “no resuelve todo el problema” de la desvinculación.

No va a resolver todo el problema; da más previsibilidad, pero hay un montón de juicios que estamos haciendo porque el empresario olvidadizo no hace el depósito mensual del 12%”, alertó el secretario general de la UOCRA.

Reforma laboral: ¿De qué se trata el modelo de la UOCRA que reivindica Javier Milei y quiere aplicar en su Gobierno?
Javier Milei ganó el balotaje presidencial el domingo último (Télam/Archivo).
De qué se trata ese porcentaje y en qué consiste el modelo de la UOCRA

El “Fondo de Cese Laboral” de la UOCRA fue impulsado sin éxito durante la gestión de Mauricio Macri y fue sugerido por el ex ministro de Economía Roberto Lavagna durante la pandemia de Covid-19.

Funciona de la siguiente manera: el empleador deposita el 12% del salario del trabajador mensualmente en una cuenta bancaria durante el primer año de la relación laboral y el 8% a partir del segundo. Esa plata genera intereses para el trabajador y es inembargable. El dinero es de libre disponibilidad, o sea que no sólo el operario se hace del efectivo ante un despido o finalización de una obra, sino que puede usarlo mientras mantiene el vínculo con la empresa.

Fue creado en a fines de la década del ’60 y es poco usado en el mundo”, dijeron este martes a crónica.com.ar fuentes de la UOCRA.

El abogado laboralista Horacio Las Heras, a su turno, coincidió. “Hoy por hoy, cercanos hay sólo dos modelos en el ámbito internacional. Uno es el modelo austríaco y otro es el brasileño. El austríaco tiene un aporte muy bajo, de 1,53%, por supuesto en el marco de un ‘estado de bienestar’ como tiene Austria, lo que hace que la situación de indefensión que se encuentra el trabajador frente al despido arbitrario, se contemple por otro lado”, dijo a este medio Las Heras, quien es profesor del posgrado Especialización en Derecho del Trabajo de la Universidad de Buenos Aires (UBA).

El otro modelo es el brasileño, en el que el empleador aporta un 8% del salario del trabajador a un fondo y, si el empleador lo despide sin causa, en vez de pagarle el 100% de la indemnización, le paga el 40%. Este es un sistema caro porque, en definitiva, el 8% todos los meses, más el 40% de la indemnización, termina siendo casi más caro que el modelo actual”, manifestó el letrado.

 

Desde el gremio que conduce Martínez, explicaron que el modelo de la UOCRA funciona muy bien en el sector de la construcción porque en ese rubro hay “rotación permanente de lo trabajadores y, como no tienen indemnización, funciona como tal”.

Hay distintas especialidades, como excavación, encofrado y amuración. Y, en una misma obra, los trabajadores van cambiando porque van terminando sus tereas (a medida que avanza la edificación)”, especificaron.

¿El modelo de la UOCRA podría extenderse al resto de las actividades?

Consultadas las fuentes de la UOCRA sobre si su modelo podría extenderse al resto del mercado laboral, se limitaron a responder: “Tiene ventajas en la construcción porque, por el tipo de actividad, hay alta rotación. El gran tema acá es si sirve para trasladarlo a otras actividades.

Por su parte, el abogado laboralista y docente de la Universidad de Morón (UM) Diego Carabajal recordó en diálogo con crónica.com.ar que, “en las otras actividades, la característica fundamental es el tiempo indeterminado en cuanto a la relación laboral”.

No obstante, consideró que “quizás pueda facilitar movilidad en cuanto a la contratación, la apertura de nuevos puestos de trabajo, donde existan pautas fijas y certeras respecto de cuánto es lo que tiene que aportar el empleador al fondo”.

Aunque también reconoció que “es esperable que una medida en ese sentido genere oposiciones y resistencias de parte de los gremios que tienen derechos adquiridos”.

Así que va a ser una trama interesante de ver respecto a cómo se 'teje' en el Poder Legislativo para que prosperen proyectos en esa línea que no serían retroactivos, porque es inconstitucional”, manifestó Carbajal.

 

Su colega Patricia Trotta, por su parte, también se refirió a la Carta Magna. “Se verían lesionados los derechos de los trabajadores y, además, violando la Constitución Nacional porque el derecho laboral, de acuerdo al artículo 14 bis, siempre tiene que ser progresivo; es decir que tiene que mejorar en cuanto a las condiciones, nunca empeorar”, expresó la letrada laboralista, quien es la vicepresidenta del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal (CPACP).

La profesional resaltó que “el trabajador vive en un estado permanente de vulnerabilidad frente al empleador”. Y agregó: “Es un contrato de trabajo desigual, donde uno es muchísimo más vulnerable”.

Si vos lo vulnerás, si vos lo hacés débil y si lo hacés aleatorio, el trabajador pierde derechos en forma permanente y eso es lo que está prohibido por la Constitución Nacional”, finalizó.

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