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Revés contra el DNU: Cámara del Trabajo confirmó la medida cautelar que suspendió la reforma laboral

La "Sala de Feria" de la Cámara rechazó la apelación del Poder Ejecutivo Nacional contra la medida preventiva sobre las medidas en materia laboral del DNU.

La Cámara Nacional del Trabajo confirmó este lunes la medida cautelar que, por pedido de la Asociación del Personal Aeronáutico (APA), suspendió la aplicación de los artículos en materia laboral del decreto de necesidad y urgencia (DNU) de desregulación económica 70/2023.

En la acción de amparo que promovió APA, la "Sala de Feria" de la Cámara rechazó la apelación del Poder Ejecutivo contra la medida preventiva. Además, reiteró el criterio empleado en otras causas, en las que también rechazó el planteo de incompetencia del fuero y la decisión de habilitar el receso judicial de enero para tramitar la causa.

Según se detalló en la resolución, se aseguró que se "suspendió preventivamente la aplicabilidad de lo dispuesto en el Título IV – Trabajo- del DNU 70/2023".

 

En su recurso, el Poder Ejecutivo expuso que la asociación busca impugnar un DNU "dictado conforme los lineamientos y prescripciones del artículo 99, incisos 1, 2 y 3 de la Constitución Nacional, a los efectos de intentar corregir los profundos desequilibrios imperantes que hacen a la urgencia y necesidad de la medida".

Del mismo modo, el Gobierno afirmó que como se trata de una cuestión de "derecho público" el tratamiento judicial de la misma "es del resorte exclusivo de la Cámara Contencioso Administrativo Federal" y que la medida cautelar fue dictada violando instancias que aseguran mayor información y elementos de evaluación.

Además, remarcó que el objeto del DNU es "reinvindicar derechos civiles como el derecho de trabajar y de ejercer toda industria lícita" y que "promueve una integral protección, con normas que abogan por fomentar y aumentar el empleo y antepone la voluntad del trabajador por sobre la voluntad de sus representantes".

Nuevo revés judicial contra la reforma laboral vía DNU

Sin embargo, la "Sala de Feria" de la Cámara señaló que las medidas cautelares que tengan por finalidad la tutela de este tipo de derechos "podrán tramitar y decidirse sin informe previo de la demandada".

Allí apuntaron que "resulta indiscutible" que la acción de APA "involucra los intereses, derechos y garantías de sectores socialmente vulnerables y los derechos fundamentales de las personas que trabajan".

"La recurrente aduce, en primer término, que no corresponde la habilitación de la feria judicial ni la declaración de competencia de la Justicia Nacional del Trabajo en tanto carece de competencia en razón de la materia y la persona, toda vez que mediante la acción impetrada se pretende enervar, impugnar y desarticular un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), en efecto de intentar corregir los profundos desequilibrios imperantes que hacen a la urgencia y necesidad de la medida", especificó el fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

Al "desestimar" la apelación, los camaristas Mario Fera y Héctor Guisado, en un texto firmado el 26 de enero pasado, pero conocido recién hoy, recordaron que a principios de la "feria judicial" de enero se tomaron resoluciones similares en causas promovidas contra el Ejecutivo por la Confederación General del Trabajo de la República Argentina (CGT) y la Central de Trabajadores y Trabajadoras de la Argentina (CTA).

Cabe recordar que las medidas cautelares presentadas por las centrales sindicales y diferentes gremios en contra de las leyes laborales que se modifican con el DNU presidencial habían sido apeladas por el Gobierno nacional.

Igualmente, hasta el momento las instancias superiores de la Justicia "desestimaron" las argumentaciones del Ejecutivo nacional al respecto.

En sus distintas presentaciones, las entidades gremiales consideraron que el DNU 70/2023 afecta "los derechos y garantías constitucionales" en materia laboral que rigen en el país, entre otros aspectos, en favor de los trabajadores y su representación sindical.

Por su parte, el 24 de enero pasado, la jueza laboral de feria Liliana Rodríguez Fernández consideró que los cambios propuestos por el Gobierno nacional en el decreto "no habían cumplido los recaudos constitucionales". Y evaluó que no estaba "debidamente justificada" la necesidad y la urgencia de la reforma planteada en un decreto de ese tipo.

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