FALLO

Revés para el Gobierno: la Justicia habilitó la feria para que se traten los amparos contra el DNU

Lo resolvió el juez federal Enrique Lavié Pico, del fuero contencioso administrativo. También rechazó que las demandas sean consideradas como proceso colectivo y permitió que se analicen una por una, lo que aumenta el riesgo de declaraciones de inconstitucionalidad.

El juez en lo contencioso administrativo federal Enrique Lavié Pico habilitó este jueves la feria judicial de enero para tramitar por separado los amparos que reclaman la inconstitucionalidad del decreto de necesidad y urgencia (DNU) 70/23 que dictó el gobierno de Javier Milei.

La medida también dispone la inadmisibilidad formal de la acción como proceso colectivo que había presentado el Observatorio de Derecho de la Ciudad, en el que se sumaban las distintas demandas contra el decreto. 

El magistrado entendió que cada expediente debe tramitarse por separado y ordenó que sean remitidas a “las jurisdicciones correspondientes las actuaciones que hubieran sido vinculadas al presente proceso” colectivo.

En los hechos, la decisión de Lavié Pico habilita a que los jueces federales de distintas jurisdicciones puedan tramitar y resolver en los casos que se abran contra el decreto de necesidad y urgencia 70/23. Por lo tanto, se incrementan las posibilidades de que algunos o varios capítulos de ese DNU sean declarados inconstitucionales.

Ante ese riesgo, el Gobierno nacional pretendía que todos los cuestionamientos contra la norma confluyeran en un solo juzgado. También había trascendido su predilección porque esa megacausa quedara en el fuero Contencioso Administrativo, donde creía que tenía más chances de evitar un fallo adverso.

La extensión del DNU sobre reforma del Estado y desregulación economica, sumada a la variedad de temas incluidos en él fueron los motivos por los que el juez Lavié Pico dispuso desarmar el proceso colectivo.

 

 

 

"La normativa cuestionada modifica leyes que regulan materias muy disímiles entre sí (Farmacias, Hidrocarburos, Turismo, Energía Eléctrica, Código Civil y Comercial, Registro Automotor, Trabajo, Salud, Comercio Exterior, Reforma del Estado, Código Aeronáutico, entre otras, y dentro de ellas aspectos particulares) y que tramitarían en diferentes ámbitos judiciales, por lo que podrá, en su caso, examinarse -en los términos del artículo 99 inc. 3 de la Constitución Nacional- de manera independiente y en relación a cada materia -en concreto- ante los diferentes tribunales en su competencia específica, ya que las decisiones sobre su aplicación y/o validez podrían ser diferentes en cada supuesto y en cada jurisdicción", dice el fallo.

"Es por esta razón que no se puede aseverar -en este caso que los intereses colectivos que la actora asume representar en esta causa- se encuentran en la misma situación o que los mismos resulten homogéneos y menos aún que ante esta instancia judicial puedan examinarse cuestiones vinculadas, en su caso, a la competencia material atribuida por ley a otros tribunales de justicia, en sus respectivas jurisdicciones territoriales", sostuvo el magistrado.

 

Revés para el Gobierno: la Justicia habilitó la feria para que se traten los amparos contra el DNU
Rodolfo Barra, procurador del Tesoro, podría apelar el fallo.

 

Se cree que el Gobierno nacional, a través de la Procuración del Tesoro (a cargo de Rodolfo Barra), podría apelar la decisión del juez Lavié Pico para que sea revisada por la Cámara de Apelaciones del Fuero Contencioso Administrativo Federal.

 

DNU 70/23: qué pasó con el recurso de amparo de la CGT

 

El miércoles, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (del fuero laboral) hizo lugar a un recurso de amparo presentado por la CGT y suspendió la vigencia de todo el capítulo de reformas laborales. Este jueves sucedió lo mismo con otro planteo de la CTA de los Trabajadores.

Ahora, Lavié Pico abrió la feria para analizar el planteo del Poder Ejecutivo de que esas causas contra el DNU pasen al fuero contencioso. “Torna procedente la habilitación solicitada, toda vez que la demora impuesta por el receso judicial de enero en la tramitación de estos actuados entraña un riesgo cierto e inminente de la posible frustración de derechos que no podrían encontrar una protección oportuna en el caso de tener que esperar el transcurso de la feria judicial”, señaló Lavié Pico para permitir que esos temas sean tratados incluso durante el habitual receso de vacaciones.
 

Esta nota habla de: