APROBADO

Aval judicial al uso de firmas digitales para respaldar leyes de iniciativa popular

Los jueces avalaron de forma unánime que una ONG recolecte firmas electrónicas y digitales mediante dispositivos móviles para respaldar propuestas de ley ciudadanas.

La Cámara Nacional Electoral (CNE) autorizó la implementación de una plataforma digital destinada a recolectar adhesiones ciudadanas para proyectos de ley presentados por iniciativa popular. 

La medida representa una innovación en los mecanismos de democracia directa contemplados por la Constitución Nacional, al incorporar herramientas tecnológicas para complementar el tradicional proceso de recolección en soporte físico. 

La resolución beneficia en primera instancia a la organización no gubernamental Plan País Argentina, entidad que fue facultada para desarrollar una prueba piloto bajo el estricto monitoreo del tribunal de alzada.

Tecnología blockchain y validación de identidad

El nuevo procedimiento permitirá a los ciudadanos estampar su firma manuscrita directamente sobre las pantallas de teléfonos celulares, tabletas o computadoras personales. 

Una vez capturado el trazo ológrafo, los datos serán almacenados a través de tecnología blockchain con el objetivo de asegurar su inalterabilidad, trazabilidad e integridad. 

Para dotar al sistema de los estándares de seguridad exigidos por el fuero electoral, el anexo técnico de la norma estipula la obligatoriedad de aplicar validaciones biométricas faciales, la verificación del Documento Nacional de Identidad (DNI) y la realización de las denominadas "pruebas de vida" para impedir eventuales suplantaciones de identidad.

Los magistrados argumentaron que el acceso a las prerrogativas constitucionales debe actualizarse conforme al avance de los tiempos.

"Ampliar el acceso a los mecanismos de participación ciudadana directa, dotándolos de una infraestructura tecnológica moderna, segura y verificable", señalaron los integrantes del tribunal al fundamentar la incorporación de este entorno digital como vía complementaria a la legislación vigente.

Resoluciones unánimes y marco regulatorio vigentes

La sentencia judicial llevó las firmas de los camaristas Alberto Dalla Via, Santiago Corcuera y Daniel Bejas, quienes aclararon que esta disposición no deroga ni reemplaza el formato de recolección física en papel normado por la Ley 24.747

De este modo, las firmas recolectadas por la vía informática coexistirán con el esquema habitual y continuarán sujetas a las rutinas de cotejo que ejecutan las dependencias de la Justicia Electoral, las cuales cruzarán la información recopilada con el padrón nacional para constatar la habilitación de cada firmante.

El pronunciamiento de la máxima autoridad electoral del país ponderó también los principios legales de equivalencia que rigen en la materia.

El tribunal concluyó que, en la medida en que la infraestructura técnica provista garantice plenamente la autenticidad del emisor, la firma electrónica ológrafa posee el mismo valor jurídico que la rúbrica tradicional sobre papel. 

Asimismo, los jueces recordaron que la iniciativa popular requiere del apoyo equivalente al 1,5% del padrón electoral nacional para que un proyecto pueda ser tratado formalmente ante la Cámara de Diputados.

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