BOLETÍN OFICIAL

El Gobierno modificó la reglamentación de la Ley de Defensa del Consumidor para agilizar sanciones

El Ejecutivo dispuso la creación de un sistema de "pago voluntario" que permitirá reducir en un 50% el monto de las multas aplicadas por infracciones a la Ley de Defensa del Consumidor.

El Gobierno nacional oficializó este viernes una modificación en la reglamentación de la Ley de Defensa del Consumidor que permitirá a empresas y proveedores acceder a una reducción del 50% en las multas aplicadas por infracciones, siempre que acepten la sanción y paguen dentro de un plazo determinado.

La medida fue establecida mediante el Decreto 377/2026, publicado en el Boletín Oficial, y modifica el procedimiento sancionatorio previsto en la Ley 24.240. 

Según el texto oficial, el objetivo es reducir la litigiosidad administrativa y judicial, agilizar los expedientes y disminuir costos tanto para el Estado como para los privados involucrados.

A partir de ahora, los proveedores sancionados podrán abonar solo la mitad del monto de la multa si consienten la resolución y realizan el pago dentro de los diez días hábiles desde la notificación

No obstante, el beneficio quedará automáticamente sin efecto si el infractor decide presentar una apelación judicial contra la sanción impuesta.

El decreto aclara además que, incluso con la reducción, el monto final nunca podrá ser inferior al mínimo establecido por la propia Ley de Defensa del Consumidor para este tipo de infracciones

De esta manera, el Gobierno busca mantener un piso sancionatorio mientras incorpora un incentivo económico para acelerar el cierre de los procedimientos administrativos.

Desde el Ejecutivo señalaron que el mecanismo ya existe en distintas jurisdicciones locales y en otras normas vinculadas al comercio interior, por lo que ahora se decidió incorporarlo al régimen nacional de defensa del consumidor.

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